DS(C) nº 162/6 del 11/6/2004









Orden del Día:




1. Proposición No de Ley, PNL 221-I, presentada por el Grupo Parlamentario Popular, instando a la Junta de Castilla y León a regularizar un sistema de selección de funcionarios interinos para puestos reservados a las Subescalas de Habilitación Nacional, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 62, de 7 de abril de 2004.

2. Proposición No de Ley, PNL 272-I, presentada por la Procuradora Dña. Inmaculada Larrauri Rueda, instando a la Junta de Castilla y León a dotar a la Mancomunidad de Municipios de La Cepeda (León) de los medios técnicos y económicos necesarios para prestar de forma eficaz los servicios de protección civil de la comarca, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 72, de 18 de mayo de 2004.


Sumario:






 **  Se inicia la sesión a las once horas cinco minutos.

 **  La Presidenta, Sra. Serrano Argüello, abre la sesión y comunica a la Comisión las sustituciones que se han producido.

 **  Primer punto del Orden del Día. PNL 221.

 **  La Secretaria, Sra. Lafuente Ureta, da lectura al primer punto del Orden del Día.

 **  Intervención del Procurador Sr. Encabo Terry (Grupo Popular) para presentar la Proposición No de Ley.

 **  Intervención del Procurador Sr. Ramos Antón (Grupo Socialista) para la defensa de la Enmienda presentada por su Grupo.

 **  En turno en contra o, en su caso, de fijación de posiciones respecto de la Enmienda, interviene el Procurador Sr. Encabo Terry (Grupo Popular).

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Ramos Antón (Grupo Socialista).

 **  Intervención del Procurador Sr. Encabo Terry (Grupo Popular).

 **  La Presidenta, Sra. Serrano Argüello, somete a votación la Proposición No de Ley debatida. Es aprobada.

 **  Segundo punto del Orden del Día. PNL 272.

 **  La Secretaria, Sra. Lafuente Ureta, da lectura al segundo punto del Orden del Día.

 **  Intervención de la Procuradora Sra. Larrauri Rueda (Grupo Socialista) para presentar la Proposición No de Ley.

 **  En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Represa Fernández (Grupo Popular).

 **  La Presidenta, Sra. Serrano Argüello, comunica a la Comisión las sustituciones que se han producido.

 **  Intervención de la Procuradora Sra. Larrauri Rueda (Grupo Socialista).

 **  La Presidenta, Sra. Serrano Argüello, somete a votación la Proposición No de Ley debatida. Es rechazada.

 **  La Presidenta, Sra. Serrano Argüello levanta la sesión.

 **  Se levanta la sesión a las doce horas cinco minutos.




Texto:

[Se inicia la sesión a las once horas cinco minutos].


LA PRESIDENTA (SEÑORA SERRANO ARGÜELLO):

Buenos días a todos. Se abre la sesión. ¿Los Grupos Parlamentarios desean comunicar a esta Presidencia alguna sustitución en el desarrollo de esta sesión? Por parte del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Ramos. Gracias.


EL SEÑOR RAMOS ANTÓN:

Muchas gracias, Presidenta. Sí, por parte del Grupo Socialista, a Fernando Benito Muñoz le sustituye Pascual Fernández.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SERRANO ARGÜELLO):

Sí, muchas gracias, señor Ramos. Por parte del Grupo Parlamentario Popular, el señor Encabo Terry tiene la palabra.


EL SEÑOR ENCABO TERRY:

Sí, Presidenta. Al término de la reunión le facilitaré las sustituciones, que no me las han facilitado en el momento... en este momento. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SERRANO ARGÜELLO):

Sí, sin ningún inconveniente, señor Encabo. Pasamos a leer... a dar lectura, por parte de la señora Secretaria, al primer punto del Orden del Día.

PNL 221


LA SECRETARIA (SEÑORA LAFUENTE URETA):

: "Proposición No de Ley 221, presentada por el Grupo Parlamentario Popular, instando a la Junta de Castilla y León a regularizar un sistema de selección de funcionarios interinos para puestos reservados a las Subescalas de Habilitación Nacional, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número sesenta y dos, de siete de abril de dos mil cuatro".


LA PRESIDENTA (SEÑORA SERRANO ARGÜELLO):

Sí, muchas gracias, señora Secretaria. Para la defensa de la Proposición No de Ley presentada, tiene la palabra el señor Encabo Terry, por favor, por un tiempo máximo de diez minutos. Gracias.


EL SEÑOR ENCABO TERRY:

Muchas gracias, Presidenta. Efectivamente, esta Proposición No de Ley, que fue formulada -como ha quedado constancia- el pasado veintiséis de marzo, tiene como objeto fundamental establecer un nuevo mecanismo, establecer una nueva modalidad, para cubrir aquellas plazas de los cuerpos de... que están desempeñados por la Subescala de Habilitación Nacional en los distintos municipios de nuestra Comunidad Autónoma.

Como de todos es sabido, en estos instantes nos encontramos con serias dificultades en muchos de estos más de dos mil municipios, pequeños municipios, que prácticamente tienen única y exclusivamente a un funcionario, que tienen única y exclusivamente al Secretario o Interventor como persona cualificada para lo que es la gestión municipal.

Evidentemente, la situación actual es una situación que nos obliga a plantearnos la necesidad de su modificación o cambio, habida cuenta que con frecuencia se está produciendo un vacío en la gestión administrativa como consecuencia de la imposibilidad de contratar con los principios de agilidad -que, evidentemente, es necesario tener en el ámbito de la Función Pública-, pero también los principios de igualdad, de imparcialidad, de mérito y capacidad.

Como todos ustedes saben, en estos momentos es de aplicación tanto el Decreto que en su día se promulgó en el año mil novecientos noventa y cuatro -el veintinueve de julio-, que regula la provisión de los puestos de trabajo reservados a funcionarios de la Administración Local, y, en particular, establece los criterios para el nombramiento de los funcionarios interinos, y, al mismo tiempo, las distintas disposiciones que a raíz de este mil novecientos noventa y cuatro han ido surgiendo; en particular la de treinta de diciembre, que ya atribuye a la Junta de Castilla y León, y muy especialmente a la Consejería de Presidencia, lo que es el nombramiento formal de los funcionarios interinos, así como el Decreto 250/1995, de catorce de diciembre, que también hacía referencia a los criterios para la selección de estos funcionarios interinos que tenían que ocupar los puestos de la Subescala Nacional.

En definitiva, siempre se ha mantenido por las distintas Administraciones, es decir, tanto en el ámbito estatal del Ministerio de Administraciones Públicas como en el ámbito de nuestra Comunidad Autónoma, la necesidad de la observancia de los cuatro principios a los que he hecho antes referencia, es decir: igualdad, mérito, capacidad y publicidad. En definitiva, había que aprobar unas bases, había que establecer unos méritos objetivos; esos méritos objetivos tenían que ir referidos, fundamentalmente, a la aprobación por parte de esos funcionarios interinos de alguna de las pruebas selectivas para ingresar en la Subescala de Habilitados Nacionales... -también la publicación, por supuesto, en el BOP- y una vez que esa comisión de selección, que mayoritariamente estuviese formada por técnicos, se hiciese la propuesta desde el pleno a la Consejería correspondiente para su aprobación.

La práctica nos está demostrando que si bien estos criterios son enormemente objetivos y cuidadosos con esos principios básicos que tienen que reunir, no reúnen otros principios que nosotros entendemos que se han de contemplar, que es el principio de celeridad. En ese sentido, nosotros somos partidarios -y tal como se apunta ya también en la intervención o Enmienda que ha presentado el Grupo Socialista- que es conveniente y particularmente necesario arbitrar un sistema de bolsa. Un sistema de bolsa que tiene que estar presidido también por unos criterios objetivos; criterios objetivos que irían referidos, en primer lugar, a las... establecimiento de unos baremos en relación con todos y cada uno de esos funcionarios interinos, en orden a haber acreditado su conocimiento específico; por lo tanto, lo primero que se exigiría es la titulación adecuada. En segundo lugar, se necesitaría, pues, la celebración de cursos que estableciesen ya su cualificación, capacitación para poder ejercer este... esta consideración de funcionario interino de la Escala Nacional... de la Habilitación Nacional. Después, también, por supuesto, la posibilidad de valorar su experiencia en la prestación de servicios en las Administraciones Públicas. Y después, por supuesto, el criterio de publicidad. Es decir, esta bolsa ha de tener un carácter público.

En definitiva, nosotros somos partidarios... Es cierto que ya está muy avanzado, prácticamente culminado, el Decreto que va a regular todas estas cuestiones, pero esta iniciativa, cuando surge, partimos de la persuasión y del conocimiento de que es necesario facilitar a las... a los Ayuntamientos, a esos pequeños Ayuntamientos de nuestra Comunidad Autónoma y, fundamentalmente, a estos Ayuntamientos que tienen como único funcionario al Secretario-Interventor, un medio o mecanismo que asegure esa inmediatez en la contratación y que -como ya he dicho a lo largo de mi intervención- consiga que se respeten esos principios de imparcialidad, de objetividad, de igualdad, de mérito, de capacidad, que son auténticamente implícitos a lo que es la gestión pública.

En definitiva, nosotros, con esta Proposición No de Ley, lo que pretendemos es que se articule un nuevo sistema mediante las bolsas, esta bolsa que yo creo que su regulación tiene que basarse en la objetividad -como he expresado a lo largo de mi intervención-, y que además sea con un carácter automático, pero siempre, siempre, respetando el principio de la autonomía municipal.

Es decir, la bolsa no tiene que ser el único medio de provisión de estas plazas vacantes de los Ayuntamientos, sino que tiene que el Ayuntamiento poder elegir entre acudir a la bolsa -bolsa que ya ofrece unas garantías en cuanto a la cualificación de todas las personas que están allí incorporadas, que están allí incluidas- o, también, dejar la vía abierta -que yo creo nunca debemos desdeñar-, que es que el mismo Ayuntamiento se provea, a través de los mecanismos que ya se establecieron en su día en el año mil novecientos noventa y cuatro, que también se han establecido en el Decreto 250 -al que me refería antes-, de mil novecientos noventa y cinco, que pueda el Ayuntamiento, si lo estima oportuno, establecer los mecanismos para la provisión de estos puestos de trabajo que -insisto- son absolutamente ineludibles e imprescindibles para la buena gestión de la cosa pública en el ámbito de la Administración Local. Nada más y muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SERRANO ARGÜELLO):

Sí, muchas gracias, señor Encabo Terry. Y se ha presentado a esta Proposición No de Ley una Enmienda por parte del Grupo Parlamentario Socialista con el número 3.003 de Registro de Entrada en estas Cortes. Y en representación del Grupo Parlamentario Enmendante, tiene la palabra el señor Procurador señor Ramos, por un tiempo máximo, por favor, de diez minutos.


EL SEÑOR RAMOS ANTÓN:

Muchas gracias, Presidenta. Miren, la Proposición No de Ley que se plantea por el Grupo Popular nos parece pertinente, si acaso, en fin, nos parece un poco... poco obvia, ¿no?, un poco en el sentido de que tenemos conocimiento -no sé... no tengo noticia, exactamente, de las fechas- de que, efectivamente, el... un Decreto para regular el asunto que se plantea está en proceso de negociación con las partes afectadas desde hace algún tiempo.

Tenemos, por lo tanto, en nuestro... en nuestro poder uno de los borradores de este Proyecto de Decreto, y, por lo tanto, pues, nos parece que la Proposición No de Ley, en fin, pues no viene más que a reforzar o a subrayar -digamos- una actividad normal de la Junta en su proceso de regulación de la... de competencias propias en relación con la Administración Local y, en este caso, con la provisión de puestos de trabajo de Habilitados de carácter nacional. Por lo tanto, en fin, la Proposición es pertinente.

Y también el modelo de... o el borrador de Decreto que está en nuestro poder en estos momentos y que la Junta está trabajando, también nos parece pertinente, pues, por dos razones: por una razón que ya se ha manifestado: el sentido de homologar y homogeneizar en lo posible la selección de personal interino para la provisión de este... de este tipo de puestos de trabajo; también lo es -en nuestra opinión-, pues, porque constituye, evidentemente, un apoyo a las pequeñas Corporaciones Locales que pueden de esta manera evitar procesos de selección que... que pueden resultar muy engorrosos -no olvidemos que son... tenemos dos mil doscientos cuarenta y ocho municipios, y algunos de ellos muy pequeños-. Y también es pertinente, pues, porque no se plantea como una opción única, sino que -como se... como se planteaba el Portavoz del Grupo Popular en este momento- deja la posibilidad a las Corporaciones Locales de optar, bien por... por acudir a este procedimiento de bolsa de trabajo para la... para la selección de interinos, o bien ejecutar directamente o realizar directamente un proceso de selección propio, de acuerdo, también, pues con los... con los criterios que están previstos en la ley.

Por lo tanto, nos parece, en fin, que constituye un apoyo, y no es en este sentido... digamos, no invade ni conculca, en absoluto, competencias propias de la autonomía municipal.

El sentido de nuestra Proposición... de nuestra Enmienda no tiene otra cosa... no tiene otro propósito que el de garantizar -digamos-, pues, la participación de los agentes sociales implicados, de los agentes públicos y... de los agentes sociales implicados en todo este procedimiento. Hablamos de tres... de tres colectivos que creemos que deben estar, deben tener presencia en este procedimiento.

No hay que olvidar que estamos hablando de un procedimiento muy reglado, y cuya... en el que, digamos, la... hay poco espacio para la subjetividad de los miembros que formen parte de ese proceso de valoración; estamos hablando de un proceso de valoración de medios que está entiendo que suficientemente tasado como para que... -o puede estarlo- para que la subjetividad de los miembros de la comisión de valoración, pues, tenga poco... poco lugar.

Por lo tanto, estamos planteando que, desde luego, en esta... en la gestión de esta bolsa de trabajo tenga participación... tengan voz y voto las Corporaciones Locales representadas a través de la organización municipalista de Castilla y León: la Federación Regional de Municipios y Provincias. Eso es verdad que está ya previsto en el... en el borrador de Decreto que está en nuestro poder en estos momentos.

También proponemos que participe el Colegio de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local, que en estos momentos nos consta que está en proceso de regulación, de constitución el Consejo de Colegios de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local de Castilla y León. Por lo tanto, esta sería la institución adecuada para representar a este colectivo.

Y, también, no hemos querido dejar pasar por alto que en esta... que la... digamos, la parte social en la gestión de esta bolsa de trabajo no solo esté representada por un órgano corporativo -que en nuestra opinión tiene toda la legitimidad para ejercer esta representación-, sino que esta representación esté... esté asumida, también, por los propios representantes sindicales, por los propios representantes sindicales de los... de los empleados públicos de Castilla y León. Y, en este sentido, hemos planteado en nuestra Proposición No de Ley que estos... que las organizaciones sindicales estén presentadas por... -digamos- de entre aquellas... estén representadas en este proceso de valoración de entre aquellas que formen parte de los órganos superiores en materia de Función Pública.

No hemos detallado más porque, estando en este momento en proceso de... en proceso de negociación... en proceso de negociación -perdón-, en proceso de trámite parlamentario el propio Proyecto de Ley de Función Pública de Castilla y León, nos parecía... -digamos- referirnos de una manera genérica a este... a este concepto.

Esta representación podría ser con voz o... con voz y con voto, de una manera indistinta. Entendemos que... que ello no conculca ningún precepto legal, ni conculca tampoco ninguna práctica administrativa.

Y por lo tanto, nuestra Enmienda, que es una Enmienda de Adición, aceptando, por lo tanto, la Proposición No de Ley del Partido Popular, pretende garantizar la representación en el proceso de gestión de la bolsa de trabajo.

Hay otra cosa que sí que nos gustaría poner de manifiesto ya en este debate muy brevemente. Se ha hecho referencia aquí al Decreto 1732 del noventa y cuatro y el 250 del noventa y cinco, que regulaban estos procedimientos, pero se ha olvidado -por alguna razón- el Decreto... el Real Decreto 834/2003, de veintisiete de junio, que precisamente deroga los Artículos 30 a 34 del 1732 y que regula en esta materia, precisamente, la prevalencia de los habilitados nacionales respecto a cualquier otro tipo de nombramiento.

De modo que... y eso es algo que no queda suficiente... suficientemente claro en estos momentos en el borrador del proyecto de Decreto de que tenemos conocimiento, que es lo siguiente... Es decir, debe quedar suficientemente claro que todas las plazas de interinos están permanentemente abiertas a que sean... permanentemente abiertas a ser ocupadas por habilitados de carácter nacional, de modo que, de producirse una nueva oposición, una... en fin, de producirse una nueva incorporación a este... a este Cuerpo de nuevos funcionarios o... por cualquier otro procedimiento, en cualquier caso, la opción de un habilitado nacional -que, naturalmente, habría que regular en cuanto a procedimiento y al tiempo- tendría, en todo caso, prevalencia respecto a... a cualquier otro nombramiento de carácter interino.

Por otro lado, nosotros también... creo que habría que considerar otra cuestión. En el... el Proyecto de Ley de Función Pública de Castilla y León contempla la exigencia de que, en principio, ningún puesto de trabajo de interino sea ocupado por más de dos años y que ninguna persona ocupe durante más de dos años un puesto de trabajo de interino. Por esta razón, en este Decreto no se contempla ninguna... no se contempla ninguna previsión en esta materia.

También es cierto que es difícil de contemplar en este Decreto... Es difícil de contemplar porque el... la incorporación de habilitados de carácter nacional no es competencia de la Junta de Castilla y León y de esta... en esta... en fin; por lo tanto, soy suficientemente consciente. Y también es verdad que hay una cierta -digamos- escasez de funcionarios de habilitación nacional y que, por lo tanto, existe -digamos- una proporción de situaciones temporales de distinta naturaleza que no está en las manos de la Comunidad Autónoma regular, puesto que el ingreso en este Cuerpo no es de nuestra competencia.

En cualquier caso -al menos creo que debe ponerse sobre la mesa en el debate-, debe ser... entendemos que debiera ser razonable que por si en algún momento quien tiene la responsabilidad de elaborar el Decreto tiene en sus manos el Diario de Sesiones de esta Comisión, pues, que, al menos como intención, al menos como desiderátum, se contemplase en este Decreto la misma aspiración que se contempla en la Ley... en el Proyecto de Ley de la Función Pública de Castilla y León; es decir: la limitación de plazos en la temporalidad, al menos como desiderátum, y también la limitación del número de plazas en situación también temporal.

Esto, ya digo que no puede plantearse más que como desiderátum, porque soy plenamente consciente que el ingreso... que el ingreso en este Cuerpo no es competencia de la Junta de Castilla y León, sino que es competencia del Estado. Y también soy consciente... también somos conscientes de que... digamos que, en alguna medida, la escasez de funcionarios de este colectivo es una... es una situación que no es nueva, que es tradicional, que es permanente y que pudiera, incluso, poder contar hasta con la connivencia de los órganos corporativos que lo representan; digamos con la connivencia en el sentido de decir con la aceptación de esta situación por parte de los órganos corporativos -insisto- que lo representan.

Por lo tanto, solo se plantean estas cuestiones como desiderátum. Nuestra... nuestra Enmienda presupone, por tanto, la aceptación en los términos que está planteada la Proposición No de Ley del Grupo Popular, y pretende mejorarla contemplando, también en la propia... en el propio acuerdo que se pudiera adoptar en esta Comisión, la necesidad de participación de los tres instituciones, de las tres entidades a que he hecho referencia. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SERRANO ARGÜELLO):

Sí. Muchas gracias, señor Ramos Antón. Para consumir un turno en contra, si así fuese, o bien fijación de posiciones a esta Enmienda, tiene la palabra don Encabo Terry, por un tiempo máximo de diez minutos, por favor.


EL SEÑOR ENCABO TERRY:

Sí. Para turno en contra... Gracias, Presidenta. En primer lugar, felicitarle por su intervención al reconocer la idoneidad de esta Proposición No de Ley, aunque ya en este último tiempo, en estas últimas semanas, se ha ido ya avanzando en la elaboración de ese borrador de Decreto.

También creo que coincidimos ambos Grupos en la problemática de la Administración Local de esta Comunidad Autónoma, porque es cierto que, en estos instantes, multitud de Ayuntamientos de nuestra Comunidad Autónoma, numerosísimos Ayuntamientos de Castilla y León se ven en la dificultad de contratar de una manera ágil, eficaz y profesional a personas que tienen que cubrir, pues, esas vacantes de Cuerpos nacionales que existen en todos y cada uno de nuestros Ayuntamientos.

Pero yo... me gustaría empezar por la conclusión que ha hecho usted sobre la posibilidad de incorporar una normativa limitativa en cuanto a la duración de estas situaciones de interinidad. Yo... dos reflexiones:

En primer lugar, cuando estamos tratando el Proyecto de la Ley de la Función Pública, creo que ambos Grupos somos totalmente sensibles a la necesidad de que ese Proyecto de Ley de Función Pública contemple el futuro Pacto Local y que permita que estos Cuerpos dependientes o vinculados a habilitación nacional puedan permeabilizarse con Cuerpos de nuestra Comunidad Autónoma. Pero otra cosa muy distinta es que en un Decreto se pueda establecer ya una normativa limitativa cuando se es flagrantemente incompetente al tratarse de una materia en que nuestra Comunidad Autónoma no tiene competencia. Es decir, nosotros no podemos entrar a regular lo que son habilitados nacionales; es una cuestión para lo cual nuestra Comunidad Autónoma no tiene ninguna competencia.

Y también matizarle que el Proyecto de Ley de la Función Pública lo que establece es que el puesto de trabajo, ese puesto de trabajo, no podrá ser ocupado más de dos años. No quiere decir que el funcionario no pueda ser interino más de dos años; que el matiz... el matiz es importante.

Yo creo que usted será consciente de esa importante diferencia que hay entre puestos de trabajo que no puedan ser ocupados más de dos años por un funcionario que no pueda ser interino más de dos años. Es decir, un funcionario interino puede terminar su periodo de trabajo de interinidad por año y medio, volver a una situación de cesantía -como se decía en el lenguaje histórico-, y volver a reanudar esa relación de interinidad en otro puesto distinto. Pero lo que no tenemos que confundir es la situación del puesto de trabajo con la situación del funcionario interino.

Después, reconocer la idoneidad de su observación sobre la subsidiariedad. Es decir, el famoso Decreto 834/2003 lo que establece de una manera clara e inequívoca -yo creo que también esa es la intención de la Junta de Castilla y León, de la Consejería de Presidencia- es que los puestos vacantes de funcionarios interinos sean siempre prevalentes los funcionarios de Escala... de la Subescala nacional, para que se eviten, en la medida de los posibles, las interinidades, porque todos somos partidarios de "favorecer" -entre comillas- a aquellas personas que han obtenido una plaza mediante la correspondiente oposición.

Por eso insistir en que el mismo Decreto yo creo que debe de ir en la misma línea de subsidiariedad. Y no solamente eso, sino establecer claramente que se podrán cubrir por interinos cuando no se cubran por ningún otro medio de provisión; y estamos hablando hasta de comisión de servicio, o estamos hablando hasta de nombramientos provisionales. Es decir, siempre hay que dar preferencia... -y en eso estamos absolutamente identificados con su intervención- siempre hay que dar preferencia a los funcionarios de carrera, a los funcionarios de la Subescala de Habilitación Nacional sobre cualquier interinidad; y en eso coincidimos plenamente, y en esa línea yo creo que lo va a contemplar también el futuro Decreto.

Pero lo que nosotros no podemos estar de acuerdo ya en relación a su Enmienda... que también reconozco la aportación que hace desde el punto de vista de la conveniencia o necesidad de incorporar a esa especie de reducida... comité al representante del Consejo o del Colegio de Secretarios de Castilla y León, que es cierto que está en estos momentos en fase de elaboración ese Consejo, que agruparía a los distintos Colegios de Secretarios de nuestras nueve provincias de la Comunidad Autónoma.

Por supuesto, también es oportuno, conveniente y muy necesario la incorporación del representante de la Federación de Municipios y Provincias, pero yo, sinceramente, no veo la razón de incorporar a la central sindical. Y no la veo, fundamentalmente, por los siguientes motivos:

Ustedes están haciendo un paralelismo y Ley de Función Pública con lo que tiene que ser una normativa específica para cubrir vacantes de Cuerpos de escala nacional. Entonces, ese paralelismo no existe; no existe, porque si aplicamos los criterios para ingreso en el Cuerpo... en la Subescala de Habilitación Nacional, en ninguna oposición hay representación sindical; en ninguna. Y usted lo sabe perfectamente que cuando el Ministerio de Administraciones Públicas convoca estas oposiciones, en los Tribunales Opositores nunca hay representación sindical; cosa que no sucede en el ámbito de la Administración. No tiene nada que ver.

Ustedes aplican también el criterio de las bolsas que en estos momentos existen en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma -que hay representación sindical-; aplican ese mismo criterio para traerlo como un criterio que es extrapolable a la... el nombramiento o la selección -para ser más preciso- de funcionarios interinos. No es aplicable. Y no es aplicable por las razones que le digo.

Además, hay otra cuestión que yo veo que falla en su Enmienda, y se lo digo con toda cordialidad. Es decir, se establece una paridad entre lo que es una representación oficial, como es en el caso concreto del Colegio de Secretarios, con las centrales sindicales que no tienen representación en el ámbito de los Secretarios, y usted lo sabe perfectamente. Es decir, no hay afiliación sindical; es decir, ¿quién iba a representar a estas personas que usted con el mejor... la mejor intención pretende? No tiene representación sindical. Es decir, aquí no estamos hablando de un colectivo -como pueda suceder en el ámbito de la Administración Pública- que tiene un refrendo por parte de los trabajadores... me da igual la categoría de los trabajadores; de los trabajadores en general, como sucede en cualquier Administración Pública.

Aquí no existe. Es decir, en el ámbito de lo que es el Cuerpo Nacional de Secretarios de Habilitación Nacional no existe ningún tipo de representación sindical. Yo lo desconozco. Y usted dese cuenta la injusticia que sería si sentamos en la misma situación de paridad a un representante de la Federación Española... de la Federación Regional de Municipios y Provincias, a un representante del Colegio de Secretarios y a un representante de centrales sindicales. ¿Qué centrales sindicales, cuando las centrales sindicales aquí no tienen ninguna representatividad?

Por eso, en mi intervención no quiero que en ningún caso se vea ningún tipo de obsesión con los sindicatos. Usted sabe perfectamente que, por ejemplo, en el trámite que en estos momentos estamos viendo en relación al Proyecto de Ley de la Función Pública, el Grupo Popular está siendo totalmente abierto a favorecer la representación sindical. Y nosotros no estamos objetando nada; incluso el número de representantes que aparecen en los distintos órganos de carácter administrativo son en estos momentos... van en aumento respecto a lo que ha sido la normativa histórica, la normativa anterior.

Y nosotros somos totalmente conscientes de la importancia que tienen los sindicatos a la hora de la definición de las relaciones laborales. Pero en este caso concreto, yo -insisto- creo que carece de fundamentación para poder argumentar favorable a la incorporación de las centrales sindicales en estos comités de selección... Yo, obviamente, creo que, en este caso, incluso podría llegar a dificultar la misma constitución de este pequeño comité que se crearía, porque crearía el lógico recelo por parte de los Secretarios al ver que gozan de la misma representación unas centrales sindicales que, en este caso concreto, no tienen representatividad, que ellos que, evidentemente, agrupan al conjunto de los Secretarios del ámbito de nuestra Comunidad Autónoma. En ese sentido, yo insistirle que no somos, en absoluto, partidarios de esa incorporación.

Por lo demás, yo creo que la aportación que hacen ustedes es perfectamente aceptable, viable, y que se acomoda de una manera muy exacta a lo que es la sensibilidad de las distintas entidades afectadas, es decir, tanto en el ámbito de la Administración Local como en el ámbito de los Cuerpos nacionales, que están tremendamente preocupados.

Yo, por eso también me gustaría incidir en ello. En estos momentos existe una preocupación creciente dentro del Cuerpo de Secretarios de Habilitación Nacional por la situación en la que se encuentran muchos Ayuntamientos de nuestra Comunidad Autónoma. Es decir, las dificultades que tienen los pequeños Ayuntamientos para proveer las plazas y cubrir las plazas vacantes de los habilitados nacionales es realmente gravísima, y... es realmente gravísima, y eso ha dado lugar a serios problemas en muchas de nuestras provincias.

Por eso la idoneidad de este Decreto viene motivada no solamente en el mantenimiento... -como decía yo en mi primera intervención- en el mantenimiento de esos criterios de selección objetivos, que vienen a ser, en definitiva, como una pequeña oposición o un pequeño concurso-oposición, porque los pequeños Ayuntamientos no tienen capacidad... -insisto- no tienen ni capacidad para poder convocar esas pruebas selectivas. Por eso la novedad de la bolsa tampoco nos tiene que hacer desfigurar de que es necesario, por lo tanto, la incorporación de las centrales sindicales.

Por eso, la idoneidad de este Decreto viene motivada para resolver el problema de esos más de dos mil pequeños municipios que tenemos en nuestra Comunidad Autónoma y que, de una manera muchas veces -por qué no decirlo-, pues, bastante ilegal o casi chapucera, se están cubriendo las plazas de Secretarios vacantes.

En ese aspecto, yo creo que este Decreto es urgente su promulgación, en tanto en cuanto va a convertir y normalizar el cubrir estas plazas que en estos momentos están vacantes, y que se cubran de una manera que respete los principios que deben de informar siempre la gestión pública, como he dicho en mi primera intervención; es decir: de igualdad, de mérito, de capacidad, de publicidad y, por supuesto, de celeridad.

En definitiva, nosotros no vamos a aceptar la Enmienda que se formula por el Grupo Socialista, a no ser que quede modificada respecto a las centrales sindicales, y no tenemos ningún inconveniente en que se incorpore, tal como -incluso- lo prevé ese borrador de Decreto... que se incorporen también representantes de la Asociación Regional de Municipios y Provincias y del Cuerpo de Secretarios de nuestra Comunidad Autónoma. Nada más y muchas gracias.


LA VICEPRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Muchas gracias. En turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Ramos Antón, por un tiempo de diez minutos.


EL SEÑOR RAMOS ANTÓN:

Muchas gracias. Vamos a ver. Empezando también por... por el final, por la réplica final de su... de su intervención, sí diré que es verdad que alguno de los dos mil doscientos cuarenta y ocho destinos de... que existen en la Comunidad para los habilitados de carácter nacional en cada uno de los municipios de la misma, pues, en muchas ocasiones ha sido considerado, pues, casi destinos de castigo por razón de su alejamiento, pues... de las características que reúnen las zonas periféricas de nuestra Comunidad y por las cuales, pues, tienen -digamos- una consideración especial en el conjunto de la normativa de la Comunidad, incluida, pues, la financiación tanto de las actividades económicas como de la actividad de las propias Administraciones Públicas, de las propias Administraciones Locales.

Por lo tanto, insisto en que es de interés que este proceso de selección se haga de una manera conjunta para facilitar a aquellos Ayuntamientos que lo deseen este procedimiento.

Ahora bien, la consideración que... que el Portavoz del Grupo Popular hace del Colegio Oficial en relación con la representación sindical de... de los habilitados nacionales, yo creo que es, en alguna medida, errónea. En cualquier caso, es una consideración no compartida.

Vamos a ver. La oficialidad de un colegio lo es en la medida en que es un órgano de colaboración con la Administración, cuyo objeto es la defensa del interés general en los ámbitos de ejercicio de la profesión, de... -valga la redundancia- de los profesionales representados por ese colegio. Pero es verdad que, de manera específica, en la legislación sobre colegios profesionales hay una cosa que está excluida permanentemente, que es la representación sindical de los... de los colegiados. En todo tipo de colegios profesionales, la... el ejercicio de la representación sindical o su equivalencia, particularmente en el caso de... particularmente -insisto- en el caso de los funcionarios públicos, está representada.

Por tanto, yo entiendo que no... entiendo que es un colectivo en el que, seguramente, se da la circunstancia sociológica de que existe poca afiliación sindical. Yo le puedo reconocer que... yo le puedo reconocer que... que el proyecto de Decreto me lo ha dado una persona que está afiliada sindicalmente y que es... que forma parte del... también del colegio, evidentemente, que está colegiada y al mismo tiempo sindicada; vamos: blanco y "migao". En fin, esto es así. Es decir, hay representación sindical, hay... hay afiliación sindical; poca, hay mucha, en fin, eso es una cosa que no vamos a valorar. Pero lo que yo sí que le quiero... yo sí que le quiero decir a usted es que para nada entiendo por qué en este procedimiento hemos de dar -digamos- una representación al colegio... -que... que no niego y que propongo a los Colegios de Interventores... de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local- en fin, que no... que excluyamos a las centrales sindicales.

Si yo fuera el responsable de redactar este Decreto, yo lo contemplaría en el Artículo 13 de mi borrador actual, lo contemplaría esa representación de esta manera, que entiendo, en fin, que no es una propuesta en absoluto descabellada. Y diría, además de... en fin, el titular de la Dirección General de Administración Local, un representante de los colegios profesionales, un funcionario de la Administración Autonómica designado por el titular de la Administración... de la Administración Autonómica, y un representante de la Federación Regional de Municipios y Provincias, yo diría un representante... una vez que fuera aprobada la Ley de la Función Pública, la redacción que yo le daría sería la siguiente: "Un representante del Consejo de la Función Pública, elegido por este de entre los representantes sindicales que formen parte del mismo".

Entiendo que la representación de esta manera quedaría, digamos, más perfectamente... más perfectamente configurada, y... digamos que el interés corporativo de... el interés corporativo -que tiene una representación que en nuestra opinión es legítima- estaría también -digamos- equilibrado o... por el contrapeso de una representación que no es de carácter corporativo, que es de carácter sindical, que tiene otra naturaleza centrada en la defensa de los intereses de los empleados públicos, en este caso, en el sentido de su... de la aplicación en sentido más estricto de los procedimientos de selección y de los... para la provisión de estos puestos de trabajo.

Yo entiendo que nuestra Proposición... que nuestra Proposición de... de Enmienda es, como poco, razonable. Yo creo que ese contrapeso al que le he hecho referencia mejora la representación en esa bolsa de trabajo.

Y también querría añadir una cuestión más. Es decir, tampoco considero que, en fin, que sea demasiado relevante, puesto que estamos hablando de un procedimiento no de concurso-oposición, sino que lo que se contempla es un procedimiento estrictamente de concurso, de valoración de medios, sin ninguna evaluación de competencias o de habilidades, y, por lo tanto, digamos que es un procedimiento sujeto a... a escasa subjetividad.

Por lo tanto, yo creo que la... nuestra propuesta lo mejora y, por lo tanto, no tenemos más remedio que... que mantenerla... mantenerla en los términos en la... en los que la hemos realizado.

Insisto en la necesidad de que la representación corporativa esté equilibrada con la representación sindical, y esta -en mi opinión- sería la mejor representación de los intereses del colectivo... del colectivo representado.

Por otra parte, esta representación sindical... nosotros -ya le digo- la tamizaríamos a través de la representación que estas organizaciones tienen... o tendrán, mejor dicho, en el Consejo de la Función Pública que prevé el Proyecto de Ley que en estos momentos estamos en proceso de tramitación.

Por lo tanto, la mantenemos en los términos en que se plantea y... porque entendemos que mejora y que es el aspecto más significativo, precisamente, de nuestra Enmienda. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SERRANO ARGÜELLO):

Sí, muchas gracias, señor Ramos Antón. Y para consumir no solamente un turno de dúplica, sino para cerrar el debate y fijar el texto definitivo de la Resolución presentada por parte del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor Encabo Terry. Muchas gracias.


EL SEÑOR ENCABO TERRY:

Gracias, Presidenta. Empiezo manifestándole que nosotros mantenemos la Proposición No de Ley en los términos en que ha sido formulada y, al conocer las argumentaciones expuestas por el Portavoz del Grupo Socialista, pues, no aceptamos la Enmienda que se ha formulado; no por el espíritu de la Enmienda, que nosotros la vemos tremendamente positiva, realista y adecuada a la realidad, de no ser por esa insistencia en incorporar representación de las centrales sindicales.

En ese sentido, nosotros ya hemos expresado en nuestra anterior intervención nuestra oposición... no voy a decir rotunda, pero nuestra oposición porque, objetivamente, yo creo que las centrales sindicales cumplen un papel fundamental dentro de lo que son las relaciones laborales y dentro de lo que marca, inclusive, nuestra Constitución; pero tampoco debemos de tener tal obsesión para incorporar centrales sindicales en cualquier proceso de selección, en cualquier proceso, aunque ellas no tengan representatividad.

Y yo... me gustaría hacerle una serie de matizaciones en su... respecto a su última intervención.

Usted ha hecho una disertación distinguiendo lo que son los colegios profesionales de las centrales sindicales, y yo estoy absolutamente de acuerdo. Es decir, los colegios profesionales tienen, evidentemente, ese carácter corporativo para defender los intereses de todas aquellas personas que lo integran, pero que no tienen, evidentemente, la vertiente que tienen los sindicatos, y en ese sentido no hay ninguna confrontación. Y eso, yo creo que estaremos de acuerdo que son perfectamente compatibles los colegios profesionales con las centrales sindicales.

Yo a lo que me he referido en mi intervención precedente es que no existe afiliación sindical en el ámbito de los Secretarios y de los habilitados nacionales, es decir, no existe. Es decir, yo no voy a dudar de lo que usted ha expresado diciéndome que eso se lo ha facilitado, esa información, una persona vinculada a un sindicato -lo reconozco que puede ser cierto-; pero no es representativo, y aquí estamos hablando de representatividad.

Es decir, lo que no podemos caer ya en la obsesión de que, por el hecho de que exista alguien que pertenezca a un sindicato, demos a ese sindicato cabida dentro de estas mesas, dentro de estos comités que van a tener una tarea que no voy a decir que sea importantísima, pero sí va a ser muy necesaria para esa multitud de pequeños municipios que se ven avocados muchas veces a una gestión dificultosa para proveer esas plazas de la Subescala de Habilitación Nacional, y se ven realmente graves dificultades.

Por eso yo creo que esos criterios de objetividad, de imparcialidad que tiene que tener ese comité, que tiene que tener ese órgano que se va a encargar de clasificar, catalogar al conjunto de esos posibles funcionarios interinos, es importante.

Evidentemente, yo creo que no es acertada su propuesta cuando, manteniendo esa reiteración en la obsesión de la representación sindical, acude al criterio del Consejo de la Función Pública, porque estamos mezclando cuestiones que son absolutamente distintas. Estamos mezclando alguien que va a cubrir una plaza de un Cuerpo de Habilitación Nacional, que tiene ámbito en toda España, con lo que es el Consejo de la Función Pública, que tiene una representatividad vinculada a nuestra Comunidad Autónoma.

Es decir, estamos hablando de unos funcionarios que son Cuerpos nacionales y que interinamente uno estaría en una situación de Cuerpo nacional, y creo que coincidirá usted conmigo, porque, desde el punto de vista doctrinal, el funcionario interino... con los matices, evidentemente, que se quieran, pero ocupa el puesto y plaza de un Cuerpo de Habilitación Nacional, e íbamos a incorporar como representación sindical a alguien que está vinculado al Consejo de la Función Pública de ámbito regional. Es decir, no habría ni representatividad ni habría concordancia entre el Cuerpo nacional al que él está en esos momentos sustituyendo en la gestión pública en ese Ayuntamiento con lo que es el Consejo de la Función Pública.

Yo, por eso, respetando su argumentación, creo que es claramente errónea... claramente errónea, porque no debemos de estar confundiendo lo que es el Consejo de la Función Pública con lo que es la representatividad en el ámbito de los Secretarios de Habilitación Nacional. Y no tienen absolutamente nada que ver, y el Consejo de la Función Pública, evidentemente, que tiene una... una forma -y... tal como está previsto en el Proyecto de Ley- tremendamente amplia en su representación, no tiene por qué ya establecerse como mancha de aceite sobre cualquier órgano administrativo de nuestra Comunidad Autónoma, y en ese sentido nosotros establecemos nuestra más radical discrepancia.

Después, por otro lado, ya para concluir mi... mi intervención, es que creemos que esta Proposición No de Ley reúne, pues, todos los criterios que ha de mantener siempre la actividad pública, la actividad política, que es la oportunidad y conveniencia, como he dicho en mi primera intervención. La oportunidad -tal como he insistido- es que nos encontramos ante una situación de auténtica gravedad en muchos pequeños municipios de nuestra Comunidad Autónoma, que tienen una gran dificultad en la gestión municipal. Y después, en la oportunidad, porque viene también a resolver, pues, de una manera imaginativa -y evidentemente trasladando de otros ámbitos de la Administración- la bolsa de trabajo... en este caso será la bolsa de funcionarios interinos, de una manera imaginativa: el cubrir plazas con unas garantías plenas en cuanto a la cualificación de esos funcionarios o interinos que van a asumir una importantísima responsabilidad en la materia de gestión municipal.

Por eso yo creo que esta Proposición No de Ley es oportuna y conveniente, y en ese sentido se ha presentado por el Grupo Popular de las Cortes de Castilla y León. Nada más y muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SERRANO ARGÜELLO):

Sí. Muchas gracias, señor Encabo Terry. Y, una vez concluido el debate, procedemos a someter a votación esta Proposición No de Ley en los términos presentados por parte del Grupo Parlamentario Popular. ¿Votos a favor? Nueve votos a favor. ¿Votos en contra? Seis votos en contra.

Por lo tanto, votos emitidos: quince. Votos a favor: nueve. Votos en contra: seis. En consecuencia, queda aprobada la Proposición No de Ley presentada por parte del Grupo Parlamentario Popular.

Procedemos al segundo punto del Orden del Día. Por parte de la señora Secretaria se dará lugar... a este segundo punto. Por favor, señora Lafuente.

PNL 272


LA SECRETARIA (SEÑORA LAFUENTE URETA):

: "Proposición No de Ley 272, presentada por la Procuradora doña Inmaculada Larrauri Rueda, instando a la Junta de Castilla y León a dotar a la Mancomunidad de Municipios de La Cepeda (León) de los medios técnicos y económicos necesarios para prestar de forma eficaz los servicios de protección civil de la comarca, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número setenta y dos, de dieciocho de mayo de dos mil cuatro".


LA PRESIDENTA (SEÑORA SERRANO ARGÜELLO):

Sí. Muchas gracias, señora Lafuente. Para la presentación de esta Proposición No de Ley, tiene la palabra la señora Larrauri Rueda, por un tiempo máximo, por favor, de diez minutos.


LA SEÑORA LARRAURI RUEDA:

Muchas gracias, señora Presidenta. La Mancomunidad de Municipios de La Cepeda comprende, en su totalidad, la comarca leonesa de La Cepeda; limita con Astorga, Maragatería, El Bierzo, el Órbigo y llega por el norte a la comarca montañosa de La Omaña. Tiene cinco municipios, con cuarenta y cinco pueblos, y unos cuatro mil quinientos habitantes en esa zona. Que... esta mancomunidad se han... estos municipios se han consolidado como Mancomunidad de La Cepeda y prestan numerosos servicios de carácter intermunicipal.

Estos servicios tienen una actividad muy importante para toda esta comarca, e incluso las zonas próximas, que se centran en la realización de servicios de quitanieves y de extinción de incendios, llegando a participar en la campaña de extinción de incendios en las épocas de riesgo, en colaboración con la Junta de Castilla y León, y para lo cual disponen de dos vehículos especiales: uno que es un Pegaso, que es el más grande y al que le acoplan la cuchilla quitanieves en el invierno; y un Land Rover, que es muy poco funcional para las necesidades reales que de verdad tienen.

Bien. Esta... esta tarea de extinción de incendios y de trabajo quitanieves es una actividad importantísima y fundamental para esta comarca.

El asunto es que el camión Pegaso que tienen para incendios, y que está realizando una importante labor, se encuentra ya en una situación de importante deterioro y de envejecimiento que no le permite mantener la intensidad y actividad que tiene que desarrollar en toda la zona. Y, como decía antes, el otro vehículo, que es un Land Rover, también para incendios, pero que tiene una capacidad muy pequeña y que tampoco... su deterioro y envejecimiento tampoco permiten realizar la labor necesaria con garantías suficientes.

Por lo tanto, y ante esta situación, se ha planteado a la Junta de Castilla y León, en reiteradas ocasiones, la necesidad de adquirir un camión de incendios, y han solicitado, para ello, durante... desde el año dos mil dos y en los sucesivos años, subvenciones reiteradas; peticiones a las que la Junta de Castilla y León no ha... no ha respondido.

Y ante la situación en la que se encuentran, la Mancomunidad de Municipios de La Cepeda ha anunciado que ya no va a prestar los servicios de protección civil y lucha contra incendios, mientras persista la carencia de medios técnicos que tiene en la actualidad. Esta decisión, Señorías, ha sido tomada por unanimidad de sus representantes, que pertenecen a todos los partidos políticos.

Desde hace años -como decía- han venido solicitando esta renovación de los vehículos existentes e incremento de las ayudas para prestar los servicios de quitanieves y de protección civil e incendios.

Por todo ello, traemos aquí la siguiente Propuesta de Resolución: "Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a dotar a la mayor brevedad posible, y en todo caso antes de finalizar el año, a la Mancomunidad de Municipios de La Cepeda, en León, de los medios técnicos y económicos necesarios para prestar de forma eficaz los servicios de protección civil de la comarca". Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SERRANO ARGÜELLO):

Sí. Muchas gracias, señora Larrauri. Y, para consumir un turno en contra o bien de fijación de posiciones, tiene la palabra el señor Represa Fernández, por un tiempo máximo de diez minutos, por favor.


EL SEÑOR REPRESA FERNÁNDEZ:

Muy bien, muchas gracias, señora Presidenta. Buenos días. Y para contestar a la Proposición No de Ley expuesta por Su Señoría, y consumiendo... agotando el turno de... en contra y, al mismo tiempo, de fijación de posiciones, he de manifestarle que la Dirección General de Administración Territorial es la competente en materia de cooperación económica general con las Administraciones Locales; es decir, es el órgano que, en definitiva, gestiona el Fondo de Cooperación Local, y, en concreto, es el órgano que propone y que resuelve, tramita y propone las resoluciones de las subvenciones a conceder a las mancomunidades.

La Mancomunidad de La Cepeda, a la que hace referencia, sobre la que se centra esta Proposición No de Ley, ha recibido ayudas del Fondo de Cooperación Local por importe... desde el año mil novecientos ochenta y cinco, por importe de 601.381 euros con 69 céntimos; conceptos entre los que destacan... conceptos entre los que destacan dos subvenciones en materia de incendios y también subvenciones para la adquisición/obtención de distinta maquinaria, entre ella una retroexcavadora y un tractor, también, que pueden cumplir funciones polivalentes.

Estas cuatro subvenciones a las que me he referido, es decir, las dos subvenciones contra incendios y las otras dos subvenciones referentes a la adquisición de la retroexcavadora y del tractor, ascienden a 96.818 euros con 57 céntimos, es decir, algo más -hablando en pesetas- de 16.000.000 de pesetas. Esto indica, sin ningún género de duda, que esta Mancomunidad de La Cepeda ha recibido... ha sido beneficiaria de ayudas por parte de la Dirección General de Administración Territorial, a través del Fondo de Cooperación Local, en multitud de ocasiones.

Le puedo decir que, además de estas cuatro a las que me he referido (las dos de incendios y las dos para la obtención de maquinaria), ha sido beneficiaria en trece ocasiones más -es decir, en total, en diecisiete ocasiones- para usos distintos, para fines distintos a los que me he referido, pero que están contemplados también dentro de sus estatutos.

Voy a ponerle de manifiesto a Su Señoría las razones por las que el Grupo Parlamentario Popular se va a oponer, va a votar en contra de la Proposición No de Ley, si lo que se pretende es dotar a la... a la Mancomunidad de La Cepeda de medios a partir del Fondo de Cooperación Local.

Este Fondo de Cooperación Local es un instrumento cuya utilidad es la cooperación económica con las Corporaciones Locales, efectivamente, dentro del cumplimiento de los principios de transparencia, de publicidad y de concurrencia pública. La resolución de las subvenciones se realiza bajo estrictos términos de convocatoria pública, a la cual, evidentemente, y previa solicitud, pueden concurrir, lógicamente, todas las mancomunidades que así lo deseen.

Siguiendo este argumento, es evidente que no se puede conceder una subvención... una subvención de concurrencia a golpe de una Proposición No de Ley, puesto que sería contraria a los principios a los que me he referido.

Quiero decirle que, si realmente fuera necesario el apoyo económico en este apartado de protección civil, no se entiende muy bien por qué la Mancomunidad de La Cepeda ha dirigido sus solicitudes, las solicitudes de ayudas, a otros fines distintos a los que aquí se están contemplando, hasta el ejercicio presente, porque entendemos, Señoría, que las necesidades, estas que parece que son tan urgentes, no se presentan de la noche a la mañana, no se presentan de un día para otro y, evidentemente, no se presentan de manera o de forma súbita.

En uso de su autonomía, de su capacidad de decisión, de su priorización, la Mancomunidad de La Cepeda, pues, ha... ha decidido solicitar otras líneas de ayuda, otras líneas de ayuda, y es curioso cómo, en el presente año, en el momento que solicita la subvención a la que usted ha hecho referencia, presiona y anuncia una dejación de sus funciones.

Desde el punto de vista de la protección civil, decirle que es un servicio público que actúa a través de procedimientos de ordenación, de planificación, de coordinación y de dirección de los medios materiales y humanos relacionados con las emergencias que haya que afrontar.

La Ley 2/1985, de veintiuno de enero, sobre Protección Civil, que regula la prestación precisamente de este servicio, establece la posibilidad de... de aprobar planes municipales por las distintas Corporaciones Locales. Pero para poder ser aplicados estos planes municipales han de ser sometidos a la Comisión de Protección Civil. Y para que la Junta de Castilla y León pueda abordar el contenido de la Propuesta de Resolución formulada por usted, se requiere el seguimiento... que se sigan una serie de pasos, es decir, un procedimiento, que es el siguiente:

En primer lugar, la elaboración y la aprobación por cada uno de los municipios, por cada uno de los municipios, de sus propios planes municipales; y, además, esos planes municipales integrarles dentro de... de la mancomunidad, es decir, un órgano supramunicipal; integrar todos esos planes aprobados por los distintos municipios dentro del plan supramunicipal, en definitiva, del plan de la mancomunidad.

En segundo lugar, necesitaría la presentación a la Junta de Castilla y León de ese plan, para -como le he dicho anteriormente- ser homologado por la comisión correspondiente de Protección Civil.

Y, en tercer lugar, habría que elaborar un plan de carencias donde se valoren los medios técnicos y organizativos necesarios para la aplicación de ese plan.

Y ya concluyendo, por último, decirle que, mientras se procediera a seguir ese procedimiento -y valga la redundancia- de la elaboración de los planes municipales, la dotación de los medios y recursos señalados en la Proposición No de Ley podría... -y se lo digo meramente a título indicativo- podría dirigirse a la Diputación Provincial correspondiente, a la Diputación Provincial de León, a través del Plan de Protección Civil de León. Nada más y muchas gracias, señora Presidenta.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SERRANO ARGÜELLO):

Sí. Muchas gracias, señor Represa Fernández. Esta Presidencia le comenta que ha consumido usted un turno de fijación de... de fijación de posiciones.

Se ha hecho llegar también a esta Presidencia las sustituciones por parte del Grupo Parlamentario Popular, por parte de su Portavoz, el señor Encabo, y siendo resultado que doña María del Canto Benito sustituye a doña Fátima López Placer.

Y ya para cerrar el debate, tiene la palabra, por un tiempo máximo de ..... doña Inmaculada Larrauri Rueda.


LA SEÑORA LARRAURI RUEDA:

Gracias, señora Presidenta. Mire, a mí es que me parece que hay distintas varas de medir, señor Represa, tanto unos... para unos como para otros. Ahora resulta... ustedes, en Soria -y me alegro muchísimo que lo hayan hecho- han concedido a la Diputación de Soria, sin ningún tipo de convocatoria, sin ningún tipo de parafernalia y sin ningún trámite, unos dineros para un camión de incendios. Y no les han pedido que tengan tanto requisito.

Usted me habla aquí de un seguimiento de pasos y de cumplir requisitos y que tienen que elaborar un plan, y resulta que, hasta ahora, a la Junta de Castilla y León no se le había ocurrido ni le había parecido necesario exigírselo a la Mancomunidad de La Cepeda, pero luego, para presumir de colaborar con esta mancomunidad, no tiene ningún reparo en decirlo y decir que tienen ustedes cantidad de medios contra incendios, de anunciar en los medios de comunicación que van a ser ustedes estupendos, que van a sacar ayudas de... mejoras de medios y ampliación, más medios humanos -"se incrementará la eficacia de los equipos destinados a las tareas de extinción"-; pero luego resulta que empiezan ustedes a ponerse escrupulosos según donde les interesa.

Mire, señor Represa, esta subvención que yo le digo viene siendo solicitada desde el trece de mayo; se acogen a la Orden del nueve de abril de dos mil dos. Llevan más de dos años sin ser atendidos; lo están solicitando todos los años. Y existe un compromiso de la Junta, que seguramente usted desconoce, que nunca llega, que siempre lo dicen de palabra, pero que luego nunca se materializa.

Yo sí que le quiero pedir y le quiero informar de la situación y de cómo están siendo atendidos estos servicios. Tienen dos trabajadores fijos, con un móvil y permanentemente localizados; forman parte del retén de incendios con la Junta de Castilla y León los noventa días de verano. ¿Cómo no les han exigido ustedes antes este plan que ustedes... que me está diciendo ahora? No sé, a lo mejor esos noventa días de verano ustedes hacen un paréntesis y en ese momento no les parece importante que tenga este plan. Bueno.

La Junta es verdad que ha colaborado, y sigue colaborando, pero con 1.000.000 de pesetas, que ni siquiera cubre el servicio de incendios, señor Represa. También colabora la Diputación de León, pero no alcanza ni siquiera para cubrir los gastos de las tareas que se realizan. Porque, además, también... además de realizar el servicio de extinción contra incendios y del servicio quitanieves, también realizan servicios de abastecimientos de agua.

Y sí que le quiero decir que, ante las promesas reiteradas de la Junta de que les iban a conceder este... este medio, se han perdido de solicitar por otras vías, y en función de otro tipo de servicios, ayudas para poder comprar y para poder mejorar estos servicios técnicos que tienen.

Y le voy a decir que, en su momento, la Junta tiene... el representante de la Junta tiene nombre y apellidos, y ese nombre y apellidos se llaman don Luis Aznar, que fue anterior Delegado de la Junta de Castilla y León y que ahora, curiosamente, es el responsable de Protección Civil en Castilla y León. Por lo tanto, yo creía que la palabra de este señor serviría para algo. En fin.

Ese camión está... -como le digo, le insisto-, está muy deteriorado y tiene un alto riesgo en situación de incendios por no poder moverse. Y sí que le puedo decir que ya el año pasado, el verano pasado, en un incendio, un operario, que... que estaba trabajando en una extinción de incendios, estuvo a punto de sufrir un accidente grave, porque casi se quema el camión al no poder moverse con la agilidad suficiente.

Curiosamente también, la Junta de Castilla y León, la propia Junta de Castilla y León ha reconocido que es de los servicios que mejor funciona de todas las mancomunidades, y que los trabajadores están permanentemente formándose y haciendo cursos. Este año... -no es por ninguna otra razón, es que ya no quieren asumir más responsabilidades y más situaciones de riesgo- este año ya han anunciado -como usted ha dicho y como yo le decía al principio- que no pueden arriesgarse a prestar más el servicio con esos medios que tienen.

Y yo sí que le quiero preguntar, o sí que lo quiero dejar en el aire -porque sé que no me puede contestar, y me gustaría que usted trasladara a la Junta esta inquietud-, qué solución va a dar la Junta de Castilla y León ante la falta de este servicio en toda esa zona. Curiosamente, el inicio de la campaña -como le decía antes- está próximo ahora, en el dos mil cuatro; ustedes han anunciado a bombo y platillo ya el inicio de esa campaña en los medios de comunicación, y no sabemos... no sabemos cómo se va a dar cobertura a la zona por parte de la Junta de Castilla y León para poder prestar estos servicios.

Yo sí que le digo que esta es una necesidad importante, que este es un servicio imprescindible, y que la Junta de Castilla y León tendrá que asumir las responsabilidades que pudieran derivarse en caso de producirse emergencias relacionadas con la protección civil y la medioambiental. Bien.

Ante este incumplimiento una vez más... otro incumplimiento más -reiterado- de la Junta de Castilla y León, asúmanlo ustedes. Yo se lo trasladaré a los representantes, a todos los representantes de la Mancomunidad de La Cepeda, y, pues... al parecer, se tendrán que buscar la vida como buenamente puedan. Nada más y muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SERRANO ARGÜELLO):

Sí. Muchas gracias, señora Larrauri Rueda. Y, concluido el debate, procedemos a la votación de la Proposición No de Ley presentada por parte del Grupo Parlamentario Socialista. ¿Votos a favor de esta Proposición No de Ley? Seis votos a favor. ¿Votos en contra de la Proposición No de Ley presentada? Nueve.

Por lo tanto, el resultado de la votación es el siguiente. Votos emitidos: quince. Votos a favor: seis. Votos en contra: nueve. Y, en consecuencia, queda rechazada la Proposición No de Ley debatida.

Por lo tanto, no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión. Muchas gracias.

[Se levanta la sesión a las doce horas cinco minutos].


DS(C) nº 162/6 del 11/6/2004

CVE="DSCOM-06-000162"





Diario de Sesiones de las Cortes de Castilla y León
VI Legislatura
Comisión de Presidencia, Gobierno Interior y Administración Territorial
DS(C) nº 162/6 del 11/6/2004
CVE: DSCOM-06-000162

DS(C) nº 162/6 del 11/6/2004. Comisión de Presidencia, Gobierno Interior y Administración Territorial
Sesión Celebrada el día 11 de junio de 2004, en FUENSALDAÑA
Bajo la Presidencia de: María Arenales Serrano Argüello
Pags. 3241-3256

ORDEN DEL DÍA:

1. Proposición No de Ley, PNL 221-I, presentada por el Grupo Parlamentario Popular, instando a la Junta de Castilla y León a regularizar un sistema de selección de funcionarios interinos para puestos reservados a las Subescalas de Habilitación Nacional, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 62, de 7 de abril de 2004.

2. Proposición No de Ley, PNL 272-I, presentada por la Procuradora Dña. Inmaculada Larrauri Rueda, instando a la Junta de Castilla y León a dotar a la Mancomunidad de Municipios de La Cepeda (León) de los medios técnicos y económicos necesarios para prestar de forma eficaz los servicios de protección civil de la comarca, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 72, de 18 de mayo de 2004.

SUMARIO:

 **  Se inicia la sesión a las once horas cinco minutos.

 **  La Presidenta, Sra. Serrano Argüello, abre la sesión y comunica a la Comisión las sustituciones que se han producido.

 **  Primer punto del Orden del Día. PNL 221.

 **  La Secretaria, Sra. Lafuente Ureta, da lectura al primer punto del Orden del Día.

 **  Intervención del Procurador Sr. Encabo Terry (Grupo Popular) para presentar la Proposición No de Ley.

 **  Intervención del Procurador Sr. Ramos Antón (Grupo Socialista) para la defensa de la Enmienda presentada por su Grupo.

 **  En turno en contra o, en su caso, de fijación de posiciones respecto de la Enmienda, interviene el Procurador Sr. Encabo Terry (Grupo Popular).

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Ramos Antón (Grupo Socialista).

 **  Intervención del Procurador Sr. Encabo Terry (Grupo Popular).

 **  La Presidenta, Sra. Serrano Argüello, somete a votación la Proposición No de Ley debatida. Es aprobada.

 **  Segundo punto del Orden del Día. PNL 272.

 **  La Secretaria, Sra. Lafuente Ureta, da lectura al segundo punto del Orden del Día.

 **  Intervención de la Procuradora Sra. Larrauri Rueda (Grupo Socialista) para presentar la Proposición No de Ley.

 **  En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Represa Fernández (Grupo Popular).

 **  La Presidenta, Sra. Serrano Argüello, comunica a la Comisión las sustituciones que se han producido.

 **  Intervención de la Procuradora Sra. Larrauri Rueda (Grupo Socialista).

 **  La Presidenta, Sra. Serrano Argüello, somete a votación la Proposición No de Ley debatida. Es rechazada.

 **  La Presidenta, Sra. Serrano Argüello levanta la sesión.

 **  Se levanta la sesión a las doce horas cinco minutos.

TEXTO:

[Se inicia la sesión a las once horas cinco minutos].


LA PRESIDENTA (SEÑORA SERRANO ARGÜELLO):

Buenos días a todos. Se abre la sesión. ¿Los Grupos Parlamentarios desean comunicar a esta Presidencia alguna sustitución en el desarrollo de esta sesión? Por parte del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Ramos. Gracias.


EL SEÑOR RAMOS ANTÓN:

Muchas gracias, Presidenta. Sí, por parte del Grupo Socialista, a Fernando Benito Muñoz le sustituye Pascual Fernández.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SERRANO ARGÜELLO):

Sí, muchas gracias, señor Ramos. Por parte del Grupo Parlamentario Popular, el señor Encabo Terry tiene la palabra.


EL SEÑOR ENCABO TERRY:

Sí, Presidenta. Al término de la reunión le facilitaré las sustituciones, que no me las han facilitado en el momento... en este momento. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SERRANO ARGÜELLO):

Sí, sin ningún inconveniente, señor Encabo. Pasamos a leer... a dar lectura, por parte de la señora Secretaria, al primer punto del Orden del Día.

PNL 221


LA SECRETARIA (SEÑORA LAFUENTE URETA):

: "Proposición No de Ley 221, presentada por el Grupo Parlamentario Popular, instando a la Junta de Castilla y León a regularizar un sistema de selección de funcionarios interinos para puestos reservados a las Subescalas de Habilitación Nacional, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número sesenta y dos, de siete de abril de dos mil cuatro".


LA PRESIDENTA (SEÑORA SERRANO ARGÜELLO):

Sí, muchas gracias, señora Secretaria. Para la defensa de la Proposición No de Ley presentada, tiene la palabra el señor Encabo Terry, por favor, por un tiempo máximo de diez minutos. Gracias.


EL SEÑOR ENCABO TERRY:

Muchas gracias, Presidenta. Efectivamente, esta Proposición No de Ley, que fue formulada -como ha quedado constancia- el pasado veintiséis de marzo, tiene como objeto fundamental establecer un nuevo mecanismo, establecer una nueva modalidad, para cubrir aquellas plazas de los cuerpos de... que están desempeñados por la Subescala de Habilitación Nacional en los distintos municipios de nuestra Comunidad Autónoma.

Como de todos es sabido, en estos instantes nos encontramos con serias dificultades en muchos de estos más de dos mil municipios, pequeños municipios, que prácticamente tienen única y exclusivamente a un funcionario, que tienen única y exclusivamente al Secretario o Interventor como persona cualificada para lo que es la gestión municipal.

Evidentemente, la situación actual es una situación que nos obliga a plantearnos la necesidad de su modificación o cambio, habida cuenta que con frecuencia se está produciendo un vacío en la gestión administrativa como consecuencia de la imposibilidad de contratar con los principios de agilidad -que, evidentemente, es necesario tener en el ámbito de la Función Pública-, pero también los principios de igualdad, de imparcialidad, de mérito y capacidad.

Como todos ustedes saben, en estos momentos es de aplicación tanto el Decreto que en su día se promulgó en el año mil novecientos noventa y cuatro -el veintinueve de julio-, que regula la provisión de los puestos de trabajo reservados a funcionarios de la Administración Local, y, en particular, establece los criterios para el nombramiento de los funcionarios interinos, y, al mismo tiempo, las distintas disposiciones que a raíz de este mil novecientos noventa y cuatro han ido surgiendo; en particular la de treinta de diciembre, que ya atribuye a la Junta de Castilla y León, y muy especialmente a la Consejería de Presidencia, lo que es el nombramiento formal de los funcionarios interinos, así como el Decreto 250/1995, de catorce de diciembre, que también hacía referencia a los criterios para la selección de estos funcionarios interinos que tenían que ocupar los puestos de la Subescala Nacional.

En definitiva, siempre se ha mantenido por las distintas Administraciones, es decir, tanto en el ámbito estatal del Ministerio de Administraciones Públicas como en el ámbito de nuestra Comunidad Autónoma, la necesidad de la observancia de los cuatro principios a los que he hecho antes referencia, es decir: igualdad, mérito, capacidad y publicidad. En definitiva, había que aprobar unas bases, había que establecer unos méritos objetivos; esos méritos objetivos tenían que ir referidos, fundamentalmente, a la aprobación por parte de esos funcionarios interinos de alguna de las pruebas selectivas para ingresar en la Subescala de Habilitados Nacionales... -también la publicación, por supuesto, en el BOP- y una vez que esa comisión de selección, que mayoritariamente estuviese formada por técnicos, se hiciese la propuesta desde el pleno a la Consejería correspondiente para su aprobación.

La práctica nos está demostrando que si bien estos criterios son enormemente objetivos y cuidadosos con esos principios básicos que tienen que reunir, no reúnen otros principios que nosotros entendemos que se han de contemplar, que es el principio de celeridad. En ese sentido, nosotros somos partidarios -y tal como se apunta ya también en la intervención o Enmienda que ha presentado el Grupo Socialista- que es conveniente y particularmente necesario arbitrar un sistema de bolsa. Un sistema de bolsa que tiene que estar presidido también por unos criterios objetivos; criterios objetivos que irían referidos, en primer lugar, a las... establecimiento de unos baremos en relación con todos y cada uno de esos funcionarios interinos, en orden a haber acreditado su conocimiento específico; por lo tanto, lo primero que se exigiría es la titulación adecuada. En segundo lugar, se necesitaría, pues, la celebración de cursos que estableciesen ya su cualificación, capacitación para poder ejercer este... esta consideración de funcionario interino de la Escala Nacional... de la Habilitación Nacional. Después, también, por supuesto, la posibilidad de valorar su experiencia en la prestación de servicios en las Administraciones Públicas. Y después, por supuesto, el criterio de publicidad. Es decir, esta bolsa ha de tener un carácter público.

En definitiva, nosotros somos partidarios... Es cierto que ya está muy avanzado, prácticamente culminado, el Decreto que va a regular todas estas cuestiones, pero esta iniciativa, cuando surge, partimos de la persuasión y del conocimiento de que es necesario facilitar a las... a los Ayuntamientos, a esos pequeños Ayuntamientos de nuestra Comunidad Autónoma y, fundamentalmente, a estos Ayuntamientos que tienen como único funcionario al Secretario-Interventor, un medio o mecanismo que asegure esa inmediatez en la contratación y que -como ya he dicho a lo largo de mi intervención- consiga que se respeten esos principios de imparcialidad, de objetividad, de igualdad, de mérito, de capacidad, que son auténticamente implícitos a lo que es la gestión pública.

En definitiva, nosotros, con esta Proposición No de Ley, lo que pretendemos es que se articule un nuevo sistema mediante las bolsas, esta bolsa que yo creo que su regulación tiene que basarse en la objetividad -como he expresado a lo largo de mi intervención-, y que además sea con un carácter automático, pero siempre, siempre, respetando el principio de la autonomía municipal.

Es decir, la bolsa no tiene que ser el único medio de provisión de estas plazas vacantes de los Ayuntamientos, sino que tiene que el Ayuntamiento poder elegir entre acudir a la bolsa -bolsa que ya ofrece unas garantías en cuanto a la cualificación de todas las personas que están allí incorporadas, que están allí incluidas- o, también, dejar la vía abierta -que yo creo nunca debemos desdeñar-, que es que el mismo Ayuntamiento se provea, a través de los mecanismos que ya se establecieron en su día en el año mil novecientos noventa y cuatro, que también se han establecido en el Decreto 250 -al que me refería antes-, de mil novecientos noventa y cinco, que pueda el Ayuntamiento, si lo estima oportuno, establecer los mecanismos para la provisión de estos puestos de trabajo que -insisto- son absolutamente ineludibles e imprescindibles para la buena gestión de la cosa pública en el ámbito de la Administración Local. Nada más y muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SERRANO ARGÜELLO):

Sí, muchas gracias, señor Encabo Terry. Y se ha presentado a esta Proposición No de Ley una Enmienda por parte del Grupo Parlamentario Socialista con el número 3.003 de Registro de Entrada en estas Cortes. Y en representación del Grupo Parlamentario Enmendante, tiene la palabra el señor Procurador señor Ramos, por un tiempo máximo, por favor, de diez minutos.


EL SEÑOR RAMOS ANTÓN:

Muchas gracias, Presidenta. Miren, la Proposición No de Ley que se plantea por el Grupo Popular nos parece pertinente, si acaso, en fin, nos parece un poco... poco obvia, ¿no?, un poco en el sentido de que tenemos conocimiento -no sé... no tengo noticia, exactamente, de las fechas- de que, efectivamente, el... un Decreto para regular el asunto que se plantea está en proceso de negociación con las partes afectadas desde hace algún tiempo.

Tenemos, por lo tanto, en nuestro... en nuestro poder uno de los borradores de este Proyecto de Decreto, y, por lo tanto, pues, nos parece que la Proposición No de Ley, en fin, pues no viene más que a reforzar o a subrayar -digamos- una actividad normal de la Junta en su proceso de regulación de la... de competencias propias en relación con la Administración Local y, en este caso, con la provisión de puestos de trabajo de Habilitados de carácter nacional. Por lo tanto, en fin, la Proposición es pertinente.

Y también el modelo de... o el borrador de Decreto que está en nuestro poder en estos momentos y que la Junta está trabajando, también nos parece pertinente, pues, por dos razones: por una razón que ya se ha manifestado: el sentido de homologar y homogeneizar en lo posible la selección de personal interino para la provisión de este... de este tipo de puestos de trabajo; también lo es -en nuestra opinión-, pues, porque constituye, evidentemente, un apoyo a las pequeñas Corporaciones Locales que pueden de esta manera evitar procesos de selección que... que pueden resultar muy engorrosos -no olvidemos que son... tenemos dos mil doscientos cuarenta y ocho municipios, y algunos de ellos muy pequeños-. Y también es pertinente, pues, porque no se plantea como una opción única, sino que -como se... como se planteaba el Portavoz del Grupo Popular en este momento- deja la posibilidad a las Corporaciones Locales de optar, bien por... por acudir a este procedimiento de bolsa de trabajo para la... para la selección de interinos, o bien ejecutar directamente o realizar directamente un proceso de selección propio, de acuerdo, también, pues con los... con los criterios que están previstos en la ley.

Por lo tanto, nos parece, en fin, que constituye un apoyo, y no es en este sentido... digamos, no invade ni conculca, en absoluto, competencias propias de la autonomía municipal.

El sentido de nuestra Proposición... de nuestra Enmienda no tiene otra cosa... no tiene otro propósito que el de garantizar -digamos-, pues, la participación de los agentes sociales implicados, de los agentes públicos y... de los agentes sociales implicados en todo este procedimiento. Hablamos de tres... de tres colectivos que creemos que deben estar, deben tener presencia en este procedimiento.

No hay que olvidar que estamos hablando de un procedimiento muy reglado, y cuya... en el que, digamos, la... hay poco espacio para la subjetividad de los miembros que formen parte de ese proceso de valoración; estamos hablando de un proceso de valoración de medios que está entiendo que suficientemente tasado como para que... -o puede estarlo- para que la subjetividad de los miembros de la comisión de valoración, pues, tenga poco... poco lugar.

Por lo tanto, estamos planteando que, desde luego, en esta... en la gestión de esta bolsa de trabajo tenga participación... tengan voz y voto las Corporaciones Locales representadas a través de la organización municipalista de Castilla y León: la Federación Regional de Municipios y Provincias. Eso es verdad que está ya previsto en el... en el borrador de Decreto que está en nuestro poder en estos momentos.

También proponemos que participe el Colegio de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local, que en estos momentos nos consta que está en proceso de regulación, de constitución el Consejo de Colegios de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local de Castilla y León. Por lo tanto, esta sería la institución adecuada para representar a este colectivo.

Y, también, no hemos querido dejar pasar por alto que en esta... que la... digamos, la parte social en la gestión de esta bolsa de trabajo no solo esté representada por un órgano corporativo -que en nuestra opinión tiene toda la legitimidad para ejercer esta representación-, sino que esta representación esté... esté asumida, también, por los propios representantes sindicales, por los propios representantes sindicales de los... de los empleados públicos de Castilla y León. Y, en este sentido, hemos planteado en nuestra Proposición No de Ley que estos... que las organizaciones sindicales estén presentadas por... -digamos- de entre aquellas... estén representadas en este proceso de valoración de entre aquellas que formen parte de los órganos superiores en materia de Función Pública.

No hemos detallado más porque, estando en este momento en proceso de... en proceso de negociación... en proceso de negociación -perdón-, en proceso de trámite parlamentario el propio Proyecto de Ley de Función Pública de Castilla y León, nos parecía... -digamos- referirnos de una manera genérica a este... a este concepto.

Esta representación podría ser con voz o... con voz y con voto, de una manera indistinta. Entendemos que... que ello no conculca ningún precepto legal, ni conculca tampoco ninguna práctica administrativa.

Y por lo tanto, nuestra Enmienda, que es una Enmienda de Adición, aceptando, por lo tanto, la Proposición No de Ley del Partido Popular, pretende garantizar la representación en el proceso de gestión de la bolsa de trabajo.

Hay otra cosa que sí que nos gustaría poner de manifiesto ya en este debate muy brevemente. Se ha hecho referencia aquí al Decreto 1732 del noventa y cuatro y el 250 del noventa y cinco, que regulaban estos procedimientos, pero se ha olvidado -por alguna razón- el Decreto... el Real Decreto 834/2003, de veintisiete de junio, que precisamente deroga los Artículos 30 a 34 del 1732 y que regula en esta materia, precisamente, la prevalencia de los habilitados nacionales respecto a cualquier otro tipo de nombramiento.

De modo que... y eso es algo que no queda suficiente... suficientemente claro en estos momentos en el borrador del proyecto de Decreto de que tenemos conocimiento, que es lo siguiente... Es decir, debe quedar suficientemente claro que todas las plazas de interinos están permanentemente abiertas a que sean... permanentemente abiertas a ser ocupadas por habilitados de carácter nacional, de modo que, de producirse una nueva oposición, una... en fin, de producirse una nueva incorporación a este... a este Cuerpo de nuevos funcionarios o... por cualquier otro procedimiento, en cualquier caso, la opción de un habilitado nacional -que, naturalmente, habría que regular en cuanto a procedimiento y al tiempo- tendría, en todo caso, prevalencia respecto a... a cualquier otro nombramiento de carácter interino.

Por otro lado, nosotros también... creo que habría que considerar otra cuestión. En el... el Proyecto de Ley de Función Pública de Castilla y León contempla la exigencia de que, en principio, ningún puesto de trabajo de interino sea ocupado por más de dos años y que ninguna persona ocupe durante más de dos años un puesto de trabajo de interino. Por esta razón, en este Decreto no se contempla ninguna... no se contempla ninguna previsión en esta materia.

También es cierto que es difícil de contemplar en este Decreto... Es difícil de contemplar porque el... la incorporación de habilitados de carácter nacional no es competencia de la Junta de Castilla y León y de esta... en esta... en fin; por lo tanto, soy suficientemente consciente. Y también es verdad que hay una cierta -digamos- escasez de funcionarios de habilitación nacional y que, por lo tanto, existe -digamos- una proporción de situaciones temporales de distinta naturaleza que no está en las manos de la Comunidad Autónoma regular, puesto que el ingreso en este Cuerpo no es de nuestra competencia.

En cualquier caso -al menos creo que debe ponerse sobre la mesa en el debate-, debe ser... entendemos que debiera ser razonable que por si en algún momento quien tiene la responsabilidad de elaborar el Decreto tiene en sus manos el Diario de Sesiones de esta Comisión, pues, que, al menos como intención, al menos como desiderátum, se contemplase en este Decreto la misma aspiración que se contempla en la Ley... en el Proyecto de Ley de la Función Pública de Castilla y León; es decir: la limitación de plazos en la temporalidad, al menos como desiderátum, y también la limitación del número de plazas en situación también temporal.

Esto, ya digo que no puede plantearse más que como desiderátum, porque soy plenamente consciente que el ingreso... que el ingreso en este Cuerpo no es competencia de la Junta de Castilla y León, sino que es competencia del Estado. Y también soy consciente... también somos conscientes de que... digamos que, en alguna medida, la escasez de funcionarios de este colectivo es una... es una situación que no es nueva, que es tradicional, que es permanente y que pudiera, incluso, poder contar hasta con la connivencia de los órganos corporativos que lo representan; digamos con la connivencia en el sentido de decir con la aceptación de esta situación por parte de los órganos corporativos -insisto- que lo representan.

Por lo tanto, solo se plantean estas cuestiones como desiderátum. Nuestra... nuestra Enmienda presupone, por tanto, la aceptación en los términos que está planteada la Proposición No de Ley del Grupo Popular, y pretende mejorarla contemplando, también en la propia... en el propio acuerdo que se pudiera adoptar en esta Comisión, la necesidad de participación de los tres instituciones, de las tres entidades a que he hecho referencia. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SERRANO ARGÜELLO):

Sí. Muchas gracias, señor Ramos Antón. Para consumir un turno en contra, si así fuese, o bien fijación de posiciones a esta Enmienda, tiene la palabra don Encabo Terry, por un tiempo máximo de diez minutos, por favor.


EL SEÑOR ENCABO TERRY:

Sí. Para turno en contra... Gracias, Presidenta. En primer lugar, felicitarle por su intervención al reconocer la idoneidad de esta Proposición No de Ley, aunque ya en este último tiempo, en estas últimas semanas, se ha ido ya avanzando en la elaboración de ese borrador de Decreto.

También creo que coincidimos ambos Grupos en la problemática de la Administración Local de esta Comunidad Autónoma, porque es cierto que, en estos instantes, multitud de Ayuntamientos de nuestra Comunidad Autónoma, numerosísimos Ayuntamientos de Castilla y León se ven en la dificultad de contratar de una manera ágil, eficaz y profesional a personas que tienen que cubrir, pues, esas vacantes de Cuerpos nacionales que existen en todos y cada uno de nuestros Ayuntamientos.

Pero yo... me gustaría empezar por la conclusión que ha hecho usted sobre la posibilidad de incorporar una normativa limitativa en cuanto a la duración de estas situaciones de interinidad. Yo... dos reflexiones:

En primer lugar, cuando estamos tratando el Proyecto de la Ley de la Función Pública, creo que ambos Grupos somos totalmente sensibles a la necesidad de que ese Proyecto de Ley de Función Pública contemple el futuro Pacto Local y que permita que estos Cuerpos dependientes o vinculados a habilitación nacional puedan permeabilizarse con Cuerpos de nuestra Comunidad Autónoma. Pero otra cosa muy distinta es que en un Decreto se pueda establecer ya una normativa limitativa cuando se es flagrantemente incompetente al tratarse de una materia en que nuestra Comunidad Autónoma no tiene competencia. Es decir, nosotros no podemos entrar a regular lo que son habilitados nacionales; es una cuestión para lo cual nuestra Comunidad Autónoma no tiene ninguna competencia.

Y también matizarle que el Proyecto de Ley de la Función Pública lo que establece es que el puesto de trabajo, ese puesto de trabajo, no podrá ser ocupado más de dos años. No quiere decir que el funcionario no pueda ser interino más de dos años; que el matiz... el matiz es importante.

Yo creo que usted será consciente de esa importante diferencia que hay entre puestos de trabajo que no puedan ser ocupados más de dos años por un funcionario que no pueda ser interino más de dos años. Es decir, un funcionario interino puede terminar su periodo de trabajo de interinidad por año y medio, volver a una situación de cesantía -como se decía en el lenguaje histórico-, y volver a reanudar esa relación de interinidad en otro puesto distinto. Pero lo que no tenemos que confundir es la situación del puesto de trabajo con la situación del funcionario interino.

Después, reconocer la idoneidad de su observación sobre la subsidiariedad. Es decir, el famoso Decreto 834/2003 lo que establece de una manera clara e inequívoca -yo creo que también esa es la intención de la Junta de Castilla y León, de la Consejería de Presidencia- es que los puestos vacantes de funcionarios interinos sean siempre prevalentes los funcionarios de Escala... de la Subescala nacional, para que se eviten, en la medida de los posibles, las interinidades, porque todos somos partidarios de "favorecer" -entre comillas- a aquellas personas que han obtenido una plaza mediante la correspondiente oposición.

Por eso insistir en que el mismo Decreto yo creo que debe de ir en la misma línea de subsidiariedad. Y no solamente eso, sino establecer claramente que se podrán cubrir por interinos cuando no se cubran por ningún otro medio de provisión; y estamos hablando hasta de comisión de servicio, o estamos hablando hasta de nombramientos provisionales. Es decir, siempre hay que dar preferencia... -y en eso estamos absolutamente identificados con su intervención- siempre hay que dar preferencia a los funcionarios de carrera, a los funcionarios de la Subescala de Habilitación Nacional sobre cualquier interinidad; y en eso coincidimos plenamente, y en esa línea yo creo que lo va a contemplar también el futuro Decreto.

Pero lo que nosotros no podemos estar de acuerdo ya en relación a su Enmienda... que también reconozco la aportación que hace desde el punto de vista de la conveniencia o necesidad de incorporar a esa especie de reducida... comité al representante del Consejo o del Colegio de Secretarios de Castilla y León, que es cierto que está en estos momentos en fase de elaboración ese Consejo, que agruparía a los distintos Colegios de Secretarios de nuestras nueve provincias de la Comunidad Autónoma.

Por supuesto, también es oportuno, conveniente y muy necesario la incorporación del representante de la Federación de Municipios y Provincias, pero yo, sinceramente, no veo la razón de incorporar a la central sindical. Y no la veo, fundamentalmente, por los siguientes motivos:

Ustedes están haciendo un paralelismo y Ley de Función Pública con lo que tiene que ser una normativa específica para cubrir vacantes de Cuerpos de escala nacional. Entonces, ese paralelismo no existe; no existe, porque si aplicamos los criterios para ingreso en el Cuerpo... en la Subescala de Habilitación Nacional, en ninguna oposición hay representación sindical; en ninguna. Y usted lo sabe perfectamente que cuando el Ministerio de Administraciones Públicas convoca estas oposiciones, en los Tribunales Opositores nunca hay representación sindical; cosa que no sucede en el ámbito de la Administración. No tiene nada que ver.

Ustedes aplican también el criterio de las bolsas que en estos momentos existen en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma -que hay representación sindical-; aplican ese mismo criterio para traerlo como un criterio que es extrapolable a la... el nombramiento o la selección -para ser más preciso- de funcionarios interinos. No es aplicable. Y no es aplicable por las razones que le digo.

Además, hay otra cuestión que yo veo que falla en su Enmienda, y se lo digo con toda cordialidad. Es decir, se establece una paridad entre lo que es una representación oficial, como es en el caso concreto del Colegio de Secretarios, con las centrales sindicales que no tienen representación en el ámbito de los Secretarios, y usted lo sabe perfectamente. Es decir, no hay afiliación sindical; es decir, ¿quién iba a representar a estas personas que usted con el mejor... la mejor intención pretende? No tiene representación sindical. Es decir, aquí no estamos hablando de un colectivo -como pueda suceder en el ámbito de la Administración Pública- que tiene un refrendo por parte de los trabajadores... me da igual la categoría de los trabajadores; de los trabajadores en general, como sucede en cualquier Administración Pública.

Aquí no existe. Es decir, en el ámbito de lo que es el Cuerpo Nacional de Secretarios de Habilitación Nacional no existe ningún tipo de representación sindical. Yo lo desconozco. Y usted dese cuenta la injusticia que sería si sentamos en la misma situación de paridad a un representante de la Federación Española... de la Federación Regional de Municipios y Provincias, a un representante del Colegio de Secretarios y a un representante de centrales sindicales. ¿Qué centrales sindicales, cuando las centrales sindicales aquí no tienen ninguna representatividad?

Por eso, en mi intervención no quiero que en ningún caso se vea ningún tipo de obsesión con los sindicatos. Usted sabe perfectamente que, por ejemplo, en el trámite que en estos momentos estamos viendo en relación al Proyecto de Ley de la Función Pública, el Grupo Popular está siendo totalmente abierto a favorecer la representación sindical. Y nosotros no estamos objetando nada; incluso el número de representantes que aparecen en los distintos órganos de carácter administrativo son en estos momentos... van en aumento respecto a lo que ha sido la normativa histórica, la normativa anterior.

Y nosotros somos totalmente conscientes de la importancia que tienen los sindicatos a la hora de la definición de las relaciones laborales. Pero en este caso concreto, yo -insisto- creo que carece de fundamentación para poder argumentar favorable a la incorporación de las centrales sindicales en estos comités de selección... Yo, obviamente, creo que, en este caso, incluso podría llegar a dificultar la misma constitución de este pequeño comité que se crearía, porque crearía el lógico recelo por parte de los Secretarios al ver que gozan de la misma representación unas centrales sindicales que, en este caso concreto, no tienen representatividad, que ellos que, evidentemente, agrupan al conjunto de los Secretarios del ámbito de nuestra Comunidad Autónoma. En ese sentido, yo insistirle que no somos, en absoluto, partidarios de esa incorporación.

Por lo demás, yo creo que la aportación que hacen ustedes es perfectamente aceptable, viable, y que se acomoda de una manera muy exacta a lo que es la sensibilidad de las distintas entidades afectadas, es decir, tanto en el ámbito de la Administración Local como en el ámbito de los Cuerpos nacionales, que están tremendamente preocupados.

Yo, por eso también me gustaría incidir en ello. En estos momentos existe una preocupación creciente dentro del Cuerpo de Secretarios de Habilitación Nacional por la situación en la que se encuentran muchos Ayuntamientos de nuestra Comunidad Autónoma. Es decir, las dificultades que tienen los pequeños Ayuntamientos para proveer las plazas y cubrir las plazas vacantes de los habilitados nacionales es realmente gravísima, y... es realmente gravísima, y eso ha dado lugar a serios problemas en muchas de nuestras provincias.

Por eso la idoneidad de este Decreto viene motivada no solamente en el mantenimiento... -como decía yo en mi primera intervención- en el mantenimiento de esos criterios de selección objetivos, que vienen a ser, en definitiva, como una pequeña oposición o un pequeño concurso-oposición, porque los pequeños Ayuntamientos no tienen capacidad... -insisto- no tienen ni capacidad para poder convocar esas pruebas selectivas. Por eso la novedad de la bolsa tampoco nos tiene que hacer desfigurar de que es necesario, por lo tanto, la incorporación de las centrales sindicales.

Por eso, la idoneidad de este Decreto viene motivada para resolver el problema de esos más de dos mil pequeños municipios que tenemos en nuestra Comunidad Autónoma y que, de una manera muchas veces -por qué no decirlo-, pues, bastante ilegal o casi chapucera, se están cubriendo las plazas de Secretarios vacantes.

En ese aspecto, yo creo que este Decreto es urgente su promulgación, en tanto en cuanto va a convertir y normalizar el cubrir estas plazas que en estos momentos están vacantes, y que se cubran de una manera que respete los principios que deben de informar siempre la gestión pública, como he dicho en mi primera intervención; es decir: de igualdad, de mérito, de capacidad, de publicidad y, por supuesto, de celeridad.

En definitiva, nosotros no vamos a aceptar la Enmienda que se formula por el Grupo Socialista, a no ser que quede modificada respecto a las centrales sindicales, y no tenemos ningún inconveniente en que se incorpore, tal como -incluso- lo prevé ese borrador de Decreto... que se incorporen también representantes de la Asociación Regional de Municipios y Provincias y del Cuerpo de Secretarios de nuestra Comunidad Autónoma. Nada más y muchas gracias.


LA VICEPRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Muchas gracias. En turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Ramos Antón, por un tiempo de diez minutos.


EL SEÑOR RAMOS ANTÓN:

Muchas gracias. Vamos a ver. Empezando también por... por el final, por la réplica final de su... de su intervención, sí diré que es verdad que alguno de los dos mil doscientos cuarenta y ocho destinos de... que existen en la Comunidad para los habilitados de carácter nacional en cada uno de los municipios de la misma, pues, en muchas ocasiones ha sido considerado, pues, casi destinos de castigo por razón de su alejamiento, pues... de las características que reúnen las zonas periféricas de nuestra Comunidad y por las cuales, pues, tienen -digamos- una consideración especial en el conjunto de la normativa de la Comunidad, incluida, pues, la financiación tanto de las actividades económicas como de la actividad de las propias Administraciones Públicas, de las propias Administraciones Locales.

Por lo tanto, insisto en que es de interés que este proceso de selección se haga de una manera conjunta para facilitar a aquellos Ayuntamientos que lo deseen este procedimiento.

Ahora bien, la consideración que... que el Portavoz del Grupo Popular hace del Colegio Oficial en relación con la representación sindical de... de los habilitados nacionales, yo creo que es, en alguna medida, errónea. En cualquier caso, es una consideración no compartida.

Vamos a ver. La oficialidad de un colegio lo es en la medida en que es un órgano de colaboración con la Administración, cuyo objeto es la defensa del interés general en los ámbitos de ejercicio de la profesión, de... -valga la redundancia- de los profesionales representados por ese colegio. Pero es verdad que, de manera específica, en la legislación sobre colegios profesionales hay una cosa que está excluida permanentemente, que es la representación sindical de los... de los colegiados. En todo tipo de colegios profesionales, la... el ejercicio de la representación sindical o su equivalencia, particularmente en el caso de... particularmente -insisto- en el caso de los funcionarios públicos, está representada.

Por tanto, yo entiendo que no... entiendo que es un colectivo en el que, seguramente, se da la circunstancia sociológica de que existe poca afiliación sindical. Yo le puedo reconocer que... yo le puedo reconocer que... que el proyecto de Decreto me lo ha dado una persona que está afiliada sindicalmente y que es... que forma parte del... también del colegio, evidentemente, que está colegiada y al mismo tiempo sindicada; vamos: blanco y "migao". En fin, esto es así. Es decir, hay representación sindical, hay... hay afiliación sindical; poca, hay mucha, en fin, eso es una cosa que no vamos a valorar. Pero lo que yo sí que le quiero... yo sí que le quiero decir a usted es que para nada entiendo por qué en este procedimiento hemos de dar -digamos- una representación al colegio... -que... que no niego y que propongo a los Colegios de Interventores... de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local- en fin, que no... que excluyamos a las centrales sindicales.

Si yo fuera el responsable de redactar este Decreto, yo lo contemplaría en el Artículo 13 de mi borrador actual, lo contemplaría esa representación de esta manera, que entiendo, en fin, que no es una propuesta en absoluto descabellada. Y diría, además de... en fin, el titular de la Dirección General de Administración Local, un representante de los colegios profesionales, un funcionario de la Administración Autonómica designado por el titular de la Administración... de la Administración Autonómica, y un representante de la Federación Regional de Municipios y Provincias, yo diría un representante... una vez que fuera aprobada la Ley de la Función Pública, la redacción que yo le daría sería la siguiente: "Un representante del Consejo de la Función Pública, elegido por este de entre los representantes sindicales que formen parte del mismo".

Entiendo que la representación de esta manera quedaría, digamos, más perfectamente... más perfectamente configurada, y... digamos que el interés corporativo de... el interés corporativo -que tiene una representación que en nuestra opinión es legítima- estaría también -digamos- equilibrado o... por el contrapeso de una representación que no es de carácter corporativo, que es de carácter sindical, que tiene otra naturaleza centrada en la defensa de los intereses de los empleados públicos, en este caso, en el sentido de su... de la aplicación en sentido más estricto de los procedimientos de selección y de los... para la provisión de estos puestos de trabajo.

Yo entiendo que nuestra Proposición... que nuestra Proposición de... de Enmienda es, como poco, razonable. Yo creo que ese contrapeso al que le he hecho referencia mejora la representación en esa bolsa de trabajo.

Y también querría añadir una cuestión más. Es decir, tampoco considero que, en fin, que sea demasiado relevante, puesto que estamos hablando de un procedimiento no de concurso-oposición, sino que lo que se contempla es un procedimiento estrictamente de concurso, de valoración de medios, sin ninguna evaluación de competencias o de habilidades, y, por lo tanto, digamos que es un procedimiento sujeto a... a escasa subjetividad.

Por lo tanto, yo creo que la... nuestra propuesta lo mejora y, por lo tanto, no tenemos más remedio que... que mantenerla... mantenerla en los términos en la... en los que la hemos realizado.

Insisto en la necesidad de que la representación corporativa esté equilibrada con la representación sindical, y esta -en mi opinión- sería la mejor representación de los intereses del colectivo... del colectivo representado.

Por otra parte, esta representación sindical... nosotros -ya le digo- la tamizaríamos a través de la representación que estas organizaciones tienen... o tendrán, mejor dicho, en el Consejo de la Función Pública que prevé el Proyecto de Ley que en estos momentos estamos en proceso de tramitación.

Por lo tanto, la mantenemos en los términos en que se plantea y... porque entendemos que mejora y que es el aspecto más significativo, precisamente, de nuestra Enmienda. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SERRANO ARGÜELLO):

Sí, muchas gracias, señor Ramos Antón. Y para consumir no solamente un turno de dúplica, sino para cerrar el debate y fijar el texto definitivo de la Resolución presentada por parte del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor Encabo Terry. Muchas gracias.


EL SEÑOR ENCABO TERRY:

Gracias, Presidenta. Empiezo manifestándole que nosotros mantenemos la Proposición No de Ley en los términos en que ha sido formulada y, al conocer las argumentaciones expuestas por el Portavoz del Grupo Socialista, pues, no aceptamos la Enmienda que se ha formulado; no por el espíritu de la Enmienda, que nosotros la vemos tremendamente positiva, realista y adecuada a la realidad, de no ser por esa insistencia en incorporar representación de las centrales sindicales.

En ese sentido, nosotros ya hemos expresado en nuestra anterior intervención nuestra oposición... no voy a decir rotunda, pero nuestra oposición porque, objetivamente, yo creo que las centrales sindicales cumplen un papel fundamental dentro de lo que son las relaciones laborales y dentro de lo que marca, inclusive, nuestra Constitución; pero tampoco debemos de tener tal obsesión para incorporar centrales sindicales en cualquier proceso de selección, en cualquier proceso, aunque ellas no tengan representatividad.

Y yo... me gustaría hacerle una serie de matizaciones en su... respecto a su última intervención.

Usted ha hecho una disertación distinguiendo lo que son los colegios profesionales de las centrales sindicales, y yo estoy absolutamente de acuerdo. Es decir, los colegios profesionales tienen, evidentemente, ese carácter corporativo para defender los intereses de todas aquellas personas que lo integran, pero que no tienen, evidentemente, la vertiente que tienen los sindicatos, y en ese sentido no hay ninguna confrontación. Y eso, yo creo que estaremos de acuerdo que son perfectamente compatibles los colegios profesionales con las centrales sindicales.

Yo a lo que me he referido en mi intervención precedente es que no existe afiliación sindical en el ámbito de los Secretarios y de los habilitados nacionales, es decir, no existe. Es decir, yo no voy a dudar de lo que usted ha expresado diciéndome que eso se lo ha facilitado, esa información, una persona vinculada a un sindicato -lo reconozco que puede ser cierto-; pero no es representativo, y aquí estamos hablando de representatividad.

Es decir, lo que no podemos caer ya en la obsesión de que, por el hecho de que exista alguien que pertenezca a un sindicato, demos a ese sindicato cabida dentro de estas mesas, dentro de estos comités que van a tener una tarea que no voy a decir que sea importantísima, pero sí va a ser muy necesaria para esa multitud de pequeños municipios que se ven avocados muchas veces a una gestión dificultosa para proveer esas plazas de la Subescala de Habilitación Nacional, y se ven realmente graves dificultades.

Por eso yo creo que esos criterios de objetividad, de imparcialidad que tiene que tener ese comité, que tiene que tener ese órgano que se va a encargar de clasificar, catalogar al conjunto de esos posibles funcionarios interinos, es importante.

Evidentemente, yo creo que no es acertada su propuesta cuando, manteniendo esa reiteración en la obsesión de la representación sindical, acude al criterio del Consejo de la Función Pública, porque estamos mezclando cuestiones que son absolutamente distintas. Estamos mezclando alguien que va a cubrir una plaza de un Cuerpo de Habilitación Nacional, que tiene ámbito en toda España, con lo que es el Consejo de la Función Pública, que tiene una representatividad vinculada a nuestra Comunidad Autónoma.

Es decir, estamos hablando de unos funcionarios que son Cuerpos nacionales y que interinamente uno estaría en una situación de Cuerpo nacional, y creo que coincidirá usted conmigo, porque, desde el punto de vista doctrinal, el funcionario interino... con los matices, evidentemente, que se quieran, pero ocupa el puesto y plaza de un Cuerpo de Habilitación Nacional, e íbamos a incorporar como representación sindical a alguien que está vinculado al Consejo de la Función Pública de ámbito regional. Es decir, no habría ni representatividad ni habría concordancia entre el Cuerpo nacional al que él está en esos momentos sustituyendo en la gestión pública en ese Ayuntamiento con lo que es el Consejo de la Función Pública.

Yo, por eso, respetando su argumentación, creo que es claramente errónea... claramente errónea, porque no debemos de estar confundiendo lo que es el Consejo de la Función Pública con lo que es la representatividad en el ámbito de los Secretarios de Habilitación Nacional. Y no tienen absolutamente nada que ver, y el Consejo de la Función Pública, evidentemente, que tiene una... una forma -y... tal como está previsto en el Proyecto de Ley- tremendamente amplia en su representación, no tiene por qué ya establecerse como mancha de aceite sobre cualquier órgano administrativo de nuestra Comunidad Autónoma, y en ese sentido nosotros establecemos nuestra más radical discrepancia.

Después, por otro lado, ya para concluir mi... mi intervención, es que creemos que esta Proposición No de Ley reúne, pues, todos los criterios que ha de mantener siempre la actividad pública, la actividad política, que es la oportunidad y conveniencia, como he dicho en mi primera intervención. La oportunidad -tal como he insistido- es que nos encontramos ante una situación de auténtica gravedad en muchos pequeños municipios de nuestra Comunidad Autónoma, que tienen una gran dificultad en la gestión municipal. Y después, en la oportunidad, porque viene también a resolver, pues, de una manera imaginativa -y evidentemente trasladando de otros ámbitos de la Administración- la bolsa de trabajo... en este caso será la bolsa de funcionarios interinos, de una manera imaginativa: el cubrir plazas con unas garantías plenas en cuanto a la cualificación de esos funcionarios o interinos que van a asumir una importantísima responsabilidad en la materia de gestión municipal.

Por eso yo creo que esta Proposición No de Ley es oportuna y conveniente, y en ese sentido se ha presentado por el Grupo Popular de las Cortes de Castilla y León. Nada más y muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SERRANO ARGÜELLO):

Sí. Muchas gracias, señor Encabo Terry. Y, una vez concluido el debate, procedemos a someter a votación esta Proposición No de Ley en los términos presentados por parte del Grupo Parlamentario Popular. ¿Votos a favor? Nueve votos a favor. ¿Votos en contra? Seis votos en contra.

Por lo tanto, votos emitidos: quince. Votos a favor: nueve. Votos en contra: seis. En consecuencia, queda aprobada la Proposición No de Ley presentada por parte del Grupo Parlamentario Popular.

Procedemos al segundo punto del Orden del Día. Por parte de la señora Secretaria se dará lugar... a este segundo punto. Por favor, señora Lafuente.

PNL 272


LA SECRETARIA (SEÑORA LAFUENTE URETA):

: "Proposición No de Ley 272, presentada por la Procuradora doña Inmaculada Larrauri Rueda, instando a la Junta de Castilla y León a dotar a la Mancomunidad de Municipios de La Cepeda (León) de los medios técnicos y económicos necesarios para prestar de forma eficaz los servicios de protección civil de la comarca, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número setenta y dos, de dieciocho de mayo de dos mil cuatro".


LA PRESIDENTA (SEÑORA SERRANO ARGÜELLO):

Sí. Muchas gracias, señora Lafuente. Para la presentación de esta Proposición No de Ley, tiene la palabra la señora Larrauri Rueda, por un tiempo máximo, por favor, de diez minutos.


LA SEÑORA LARRAURI RUEDA:

Muchas gracias, señora Presidenta. La Mancomunidad de Municipios de La Cepeda comprende, en su totalidad, la comarca leonesa de La Cepeda; limita con Astorga, Maragatería, El Bierzo, el Órbigo y llega por el norte a la comarca montañosa de La Omaña. Tiene cinco municipios, con cuarenta y cinco pueblos, y unos cuatro mil quinientos habitantes en esa zona. Que... esta mancomunidad se han... estos municipios se han consolidado como Mancomunidad de La Cepeda y prestan numerosos servicios de carácter intermunicipal.

Estos servicios tienen una actividad muy importante para toda esta comarca, e incluso las zonas próximas, que se centran en la realización de servicios de quitanieves y de extinción de incendios, llegando a participar en la campaña de extinción de incendios en las épocas de riesgo, en colaboración con la Junta de Castilla y León, y para lo cual disponen de dos vehículos especiales: uno que es un Pegaso, que es el más grande y al que le acoplan la cuchilla quitanieves en el invierno; y un Land Rover, que es muy poco funcional para las necesidades reales que de verdad tienen.

Bien. Esta... esta tarea de extinción de incendios y de trabajo quitanieves es una actividad importantísima y fundamental para esta comarca.

El asunto es que el camión Pegaso que tienen para incendios, y que está realizando una importante labor, se encuentra ya en una situación de importante deterioro y de envejecimiento que no le permite mantener la intensidad y actividad que tiene que desarrollar en toda la zona. Y, como decía antes, el otro vehículo, que es un Land Rover, también para incendios, pero que tiene una capacidad muy pequeña y que tampoco... su deterioro y envejecimiento tampoco permiten realizar la labor necesaria con garantías suficientes.

Por lo tanto, y ante esta situación, se ha planteado a la Junta de Castilla y León, en reiteradas ocasiones, la necesidad de adquirir un camión de incendios, y han solicitado, para ello, durante... desde el año dos mil dos y en los sucesivos años, subvenciones reiteradas; peticiones a las que la Junta de Castilla y León no ha... no ha respondido.

Y ante la situación en la que se encuentran, la Mancomunidad de Municipios de La Cepeda ha anunciado que ya no va a prestar los servicios de protección civil y lucha contra incendios, mientras persista la carencia de medios técnicos que tiene en la actualidad. Esta decisión, Señorías, ha sido tomada por unanimidad de sus representantes, que pertenecen a todos los partidos políticos.

Desde hace años -como decía- han venido solicitando esta renovación de los vehículos existentes e incremento de las ayudas para prestar los servicios de quitanieves y de protección civil e incendios.

Por todo ello, traemos aquí la siguiente Propuesta de Resolución: "Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a dotar a la mayor brevedad posible, y en todo caso antes de finalizar el año, a la Mancomunidad de Municipios de La Cepeda, en León, de los medios técnicos y económicos necesarios para prestar de forma eficaz los servicios de protección civil de la comarca". Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SERRANO ARGÜELLO):

Sí. Muchas gracias, señora Larrauri. Y, para consumir un turno en contra o bien de fijación de posiciones, tiene la palabra el señor Represa Fernández, por un tiempo máximo de diez minutos, por favor.


EL SEÑOR REPRESA FERNÁNDEZ:

Muy bien, muchas gracias, señora Presidenta. Buenos días. Y para contestar a la Proposición No de Ley expuesta por Su Señoría, y consumiendo... agotando el turno de... en contra y, al mismo tiempo, de fijación de posiciones, he de manifestarle que la Dirección General de Administración Territorial es la competente en materia de cooperación económica general con las Administraciones Locales; es decir, es el órgano que, en definitiva, gestiona el Fondo de Cooperación Local, y, en concreto, es el órgano que propone y que resuelve, tramita y propone las resoluciones de las subvenciones a conceder a las mancomunidades.

La Mancomunidad de La Cepeda, a la que hace referencia, sobre la que se centra esta Proposición No de Ley, ha recibido ayudas del Fondo de Cooperación Local por importe... desde el año mil novecientos ochenta y cinco, por importe de 601.381 euros con 69 céntimos; conceptos entre los que destacan... conceptos entre los que destacan dos subvenciones en materia de incendios y también subvenciones para la adquisición/obtención de distinta maquinaria, entre ella una retroexcavadora y un tractor, también, que pueden cumplir funciones polivalentes.

Estas cuatro subvenciones a las que me he referido, es decir, las dos subvenciones contra incendios y las otras dos subvenciones referentes a la adquisición de la retroexcavadora y del tractor, ascienden a 96.818 euros con 57 céntimos, es decir, algo más -hablando en pesetas- de 16.000.000 de pesetas. Esto indica, sin ningún género de duda, que esta Mancomunidad de La Cepeda ha recibido... ha sido beneficiaria de ayudas por parte de la Dirección General de Administración Territorial, a través del Fondo de Cooperación Local, en multitud de ocasiones.

Le puedo decir que, además de estas cuatro a las que me he referido (las dos de incendios y las dos para la obtención de maquinaria), ha sido beneficiaria en trece ocasiones más -es decir, en total, en diecisiete ocasiones- para usos distintos, para fines distintos a los que me he referido, pero que están contemplados también dentro de sus estatutos.

Voy a ponerle de manifiesto a Su Señoría las razones por las que el Grupo Parlamentario Popular se va a oponer, va a votar en contra de la Proposición No de Ley, si lo que se pretende es dotar a la... a la Mancomunidad de La Cepeda de medios a partir del Fondo de Cooperación Local.

Este Fondo de Cooperación Local es un instrumento cuya utilidad es la cooperación económica con las Corporaciones Locales, efectivamente, dentro del cumplimiento de los principios de transparencia, de publicidad y de concurrencia pública. La resolución de las subvenciones se realiza bajo estrictos términos de convocatoria pública, a la cual, evidentemente, y previa solicitud, pueden concurrir, lógicamente, todas las mancomunidades que así lo deseen.

Siguiendo este argumento, es evidente que no se puede conceder una subvención... una subvención de concurrencia a golpe de una Proposición No de Ley, puesto que sería contraria a los principios a los que me he referido.

Quiero decirle que, si realmente fuera necesario el apoyo económico en este apartado de protección civil, no se entiende muy bien por qué la Mancomunidad de La Cepeda ha dirigido sus solicitudes, las solicitudes de ayudas, a otros fines distintos a los que aquí se están contemplando, hasta el ejercicio presente, porque entendemos, Señoría, que las necesidades, estas que parece que son tan urgentes, no se presentan de la noche a la mañana, no se presentan de un día para otro y, evidentemente, no se presentan de manera o de forma súbita.

En uso de su autonomía, de su capacidad de decisión, de su priorización, la Mancomunidad de La Cepeda, pues, ha... ha decidido solicitar otras líneas de ayuda, otras líneas de ayuda, y es curioso cómo, en el presente año, en el momento que solicita la subvención a la que usted ha hecho referencia, presiona y anuncia una dejación de sus funciones.

Desde el punto de vista de la protección civil, decirle que es un servicio público que actúa a través de procedimientos de ordenación, de planificación, de coordinación y de dirección de los medios materiales y humanos relacionados con las emergencias que haya que afrontar.

La Ley 2/1985, de veintiuno de enero, sobre Protección Civil, que regula la prestación precisamente de este servicio, establece la posibilidad de... de aprobar planes municipales por las distintas Corporaciones Locales. Pero para poder ser aplicados estos planes municipales han de ser sometidos a la Comisión de Protección Civil. Y para que la Junta de Castilla y León pueda abordar el contenido de la Propuesta de Resolución formulada por usted, se requiere el seguimiento... que se sigan una serie de pasos, es decir, un procedimiento, que es el siguiente:

En primer lugar, la elaboración y la aprobación por cada uno de los municipios, por cada uno de los municipios, de sus propios planes municipales; y, además, esos planes municipales integrarles dentro de... de la mancomunidad, es decir, un órgano supramunicipal; integrar todos esos planes aprobados por los distintos municipios dentro del plan supramunicipal, en definitiva, del plan de la mancomunidad.

En segundo lugar, necesitaría la presentación a la Junta de Castilla y León de ese plan, para -como le he dicho anteriormente- ser homologado por la comisión correspondiente de Protección Civil.

Y, en tercer lugar, habría que elaborar un plan de carencias donde se valoren los medios técnicos y organizativos necesarios para la aplicación de ese plan.

Y ya concluyendo, por último, decirle que, mientras se procediera a seguir ese procedimiento -y valga la redundancia- de la elaboración de los planes municipales, la dotación de los medios y recursos señalados en la Proposición No de Ley podría... -y se lo digo meramente a título indicativo- podría dirigirse a la Diputación Provincial correspondiente, a la Diputación Provincial de León, a través del Plan de Protección Civil de León. Nada más y muchas gracias, señora Presidenta.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SERRANO ARGÜELLO):

Sí. Muchas gracias, señor Represa Fernández. Esta Presidencia le comenta que ha consumido usted un turno de fijación de... de fijación de posiciones.

Se ha hecho llegar también a esta Presidencia las sustituciones por parte del Grupo Parlamentario Popular, por parte de su Portavoz, el señor Encabo, y siendo resultado que doña María del Canto Benito sustituye a doña Fátima López Placer.

Y ya para cerrar el debate, tiene la palabra, por un tiempo máximo de ..... doña Inmaculada Larrauri Rueda.


LA SEÑORA LARRAURI RUEDA:

Gracias, señora Presidenta. Mire, a mí es que me parece que hay distintas varas de medir, señor Represa, tanto unos... para unos como para otros. Ahora resulta... ustedes, en Soria -y me alegro muchísimo que lo hayan hecho- han concedido a la Diputación de Soria, sin ningún tipo de convocatoria, sin ningún tipo de parafernalia y sin ningún trámite, unos dineros para un camión de incendios. Y no les han pedido que tengan tanto requisito.

Usted me habla aquí de un seguimiento de pasos y de cumplir requisitos y que tienen que elaborar un plan, y resulta que, hasta ahora, a la Junta de Castilla y León no se le había ocurrido ni le había parecido necesario exigírselo a la Mancomunidad de La Cepeda, pero luego, para presumir de colaborar con esta mancomunidad, no tiene ningún reparo en decirlo y decir que tienen ustedes cantidad de medios contra incendios, de anunciar en los medios de comunicación que van a ser ustedes estupendos, que van a sacar ayudas de... mejoras de medios y ampliación, más medios humanos -"se incrementará la eficacia de los equipos destinados a las tareas de extinción"-; pero luego resulta que empiezan ustedes a ponerse escrupulosos según donde les interesa.

Mire, señor Represa, esta subvención que yo le digo viene siendo solicitada desde el trece de mayo; se acogen a la Orden del nueve de abril de dos mil dos. Llevan más de dos años sin ser atendidos; lo están solicitando todos los años. Y existe un compromiso de la Junta, que seguramente usted desconoce, que nunca llega, que siempre lo dicen de palabra, pero que luego nunca se materializa.

Yo sí que le quiero pedir y le quiero informar de la situación y de cómo están siendo atendidos estos servicios. Tienen dos trabajadores fijos, con un móvil y permanentemente localizados; forman parte del retén de incendios con la Junta de Castilla y León los noventa días de verano. ¿Cómo no les han exigido ustedes antes este plan que ustedes... que me está diciendo ahora? No sé, a lo mejor esos noventa días de verano ustedes hacen un paréntesis y en ese momento no les parece importante que tenga este plan. Bueno.

La Junta es verdad que ha colaborado, y sigue colaborando, pero con 1.000.000 de pesetas, que ni siquiera cubre el servicio de incendios, señor Represa. También colabora la Diputación de León, pero no alcanza ni siquiera para cubrir los gastos de las tareas que se realizan. Porque, además, también... además de realizar el servicio de extinción contra incendios y del servicio quitanieves, también realizan servicios de abastecimientos de agua.

Y sí que le quiero decir que, ante las promesas reiteradas de la Junta de que les iban a conceder este... este medio, se han perdido de solicitar por otras vías, y en función de otro tipo de servicios, ayudas para poder comprar y para poder mejorar estos servicios técnicos que tienen.

Y le voy a decir que, en su momento, la Junta tiene... el representante de la Junta tiene nombre y apellidos, y ese nombre y apellidos se llaman don Luis Aznar, que fue anterior Delegado de la Junta de Castilla y León y que ahora, curiosamente, es el responsable de Protección Civil en Castilla y León. Por lo tanto, yo creía que la palabra de este señor serviría para algo. En fin.

Ese camión está... -como le digo, le insisto-, está muy deteriorado y tiene un alto riesgo en situación de incendios por no poder moverse. Y sí que le puedo decir que ya el año pasado, el verano pasado, en un incendio, un operario, que... que estaba trabajando en una extinción de incendios, estuvo a punto de sufrir un accidente grave, porque casi se quema el camión al no poder moverse con la agilidad suficiente.

Curiosamente también, la Junta de Castilla y León, la propia Junta de Castilla y León ha reconocido que es de los servicios que mejor funciona de todas las mancomunidades, y que los trabajadores están permanentemente formándose y haciendo cursos. Este año... -no es por ninguna otra razón, es que ya no quieren asumir más responsabilidades y más situaciones de riesgo- este año ya han anunciado -como usted ha dicho y como yo le decía al principio- que no pueden arriesgarse a prestar más el servicio con esos medios que tienen.

Y yo sí que le quiero preguntar, o sí que lo quiero dejar en el aire -porque sé que no me puede contestar, y me gustaría que usted trasladara a la Junta esta inquietud-, qué solución va a dar la Junta de Castilla y León ante la falta de este servicio en toda esa zona. Curiosamente, el inicio de la campaña -como le decía antes- está próximo ahora, en el dos mil cuatro; ustedes han anunciado a bombo y platillo ya el inicio de esa campaña en los medios de comunicación, y no sabemos... no sabemos cómo se va a dar cobertura a la zona por parte de la Junta de Castilla y León para poder prestar estos servicios.

Yo sí que le digo que esta es una necesidad importante, que este es un servicio imprescindible, y que la Junta de Castilla y León tendrá que asumir las responsabilidades que pudieran derivarse en caso de producirse emergencias relacionadas con la protección civil y la medioambiental. Bien.

Ante este incumplimiento una vez más... otro incumplimiento más -reiterado- de la Junta de Castilla y León, asúmanlo ustedes. Yo se lo trasladaré a los representantes, a todos los representantes de la Mancomunidad de La Cepeda, y, pues... al parecer, se tendrán que buscar la vida como buenamente puedan. Nada más y muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SERRANO ARGÜELLO):

Sí. Muchas gracias, señora Larrauri Rueda. Y, concluido el debate, procedemos a la votación de la Proposición No de Ley presentada por parte del Grupo Parlamentario Socialista. ¿Votos a favor de esta Proposición No de Ley? Seis votos a favor. ¿Votos en contra de la Proposición No de Ley presentada? Nueve.

Por lo tanto, el resultado de la votación es el siguiente. Votos emitidos: quince. Votos a favor: seis. Votos en contra: nueve. Y, en consecuencia, queda rechazada la Proposición No de Ley debatida.

Por lo tanto, no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión. Muchas gracias.

[Se levanta la sesión a las doce horas cinco minutos].


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